Tribunal Constitucional. III. Otras disposiciones. Becas. (BOE-A-2025-4574)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Viernes 7 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30963
III. OTRAS DISPOSICIONES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4574
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General del Tribunal
Constitucional, por la que se conceden becas de formación en tareas
relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina
constitucional.
Con arreglo a lo prevenido en la Resolución de la Secretaría General del Tribunal
Constitucional de 3 de octubre de 2024, por la que se convoca concurso con el fin de
adjudicar seis becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» del día 7 de octubre, y a propuesta de la comisión de estudio y valoración a que
se refiere la base sexta, apartado 1, de dicha convocatoria, he resuelto:
Primero.
Conceder la beca de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional a los siguientes solicitantes:
Don Adrián Agenjo Aguado.
Doña Vanina Pieczanksi.
Doña Carmen Cadahía Veira.
Doña Irene Díez de la Fuente.
Don Jan Sobrevia i Gago.
Don Alan Mauricio Jiménez Díaz.
Segundo.
Aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por los solicitantes que se
relacionan a continuación:
Doña Camila Yselsa Feliz de la Cruz.
Don Daniel Alejandro Orobio Hurtado.
Doña Astrid Carolina Piratoba Tocarruncho.
Don Fernando Sacristán Carrillo.
Doña María del Carmen Martínez Gómez.
Doña Lucía Rodríguez Mourente.
Doña Athéna Bérut Giner.
Tercero.
Frente a la presente resolución, de conformidad con lo prevenido en el artículo 99.3
de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, podrá
interponerse recurso de alzada ante el presidente del Tribunal Constitucional, cuya
decisión agotará la vía administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de su publicación.
Madrid, 27 de febrero de 2025.–El Secretario General del Tribunal Constitucional,
Andrés Javier Gutiérrez Gil.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-4574
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución conlleva el correspondiente compromiso de gasto.
Núm. 57
Viernes 7 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30963
III. OTRAS DISPOSICIONES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4574
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría General del Tribunal
Constitucional, por la que se conceden becas de formación en tareas
relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina
constitucional.
Con arreglo a lo prevenido en la Resolución de la Secretaría General del Tribunal
Constitucional de 3 de octubre de 2024, por la que se convoca concurso con el fin de
adjudicar seis becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» del día 7 de octubre, y a propuesta de la comisión de estudio y valoración a que
se refiere la base sexta, apartado 1, de dicha convocatoria, he resuelto:
Primero.
Conceder la beca de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional a los siguientes solicitantes:
Don Adrián Agenjo Aguado.
Doña Vanina Pieczanksi.
Doña Carmen Cadahía Veira.
Doña Irene Díez de la Fuente.
Don Jan Sobrevia i Gago.
Don Alan Mauricio Jiménez Díaz.
Segundo.
Aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por los solicitantes que se
relacionan a continuación:
Doña Camila Yselsa Feliz de la Cruz.
Don Daniel Alejandro Orobio Hurtado.
Doña Astrid Carolina Piratoba Tocarruncho.
Don Fernando Sacristán Carrillo.
Doña María del Carmen Martínez Gómez.
Doña Lucía Rodríguez Mourente.
Doña Athéna Bérut Giner.
Tercero.
Frente a la presente resolución, de conformidad con lo prevenido en el artículo 99.3
de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, podrá
interponerse recurso de alzada ante el presidente del Tribunal Constitucional, cuya
decisión agotará la vía administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de su publicación.
Madrid, 27 de febrero de 2025.–El Secretario General del Tribunal Constitucional,
Andrés Javier Gutiérrez Gil.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-4574
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución conlleva el correspondiente compromiso de gasto.