Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y MigracionesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Recursos. (BOE-B-2025-8264)
Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2025 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, por la que se convocan ayudas para 2025, del programa de asociaciones de la orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Viernes 7 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 12609

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

8264

Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2025 de la Dirección
Ge ne ral de la Ciudadanía Española e n e l Exte rior y Políticas de
Retorno, por la que se convocan ayudas para 2025, del programa de
asociaciones de la orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

BDNS(Identif.):818065
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
818065)
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de
personas españolas en el exterior, que cuenten con un número de asociados
mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de la
ciudadanía española del exterior, así como entidades que tengan por finalidad
el apoyo y la promoción sociocultural de las personas españolas en el exterior. Las
entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente
constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo
de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de la Ciudadanía
Española en el Exterior y Políticas de Retorno, con dos años de antelación a
la fecha de presentación de la solicitud.
Segundo. Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos
de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de personas
españolas en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las
reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las
entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria
y sociocultural a favor de la ciudadanía española del exterior.
Tercero. Bases Reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta subvención están fijadas a
través de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio, por la que se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas
de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados,
publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 174, de 21 de julio de 2012.

Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito presupuestario previsto
en los Presupuestos Generales del Estado en situación de prórroga para el 2025,
consignado en la aplicación presupuestaria 32.03.231B.492.05 por importe
máximo de 1.458.390 euros, del Presupuesto de Gasto de la Secretaría de Estado
de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Quinto. Plazo

cve: BOE-B-2025-8264
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Financiación