Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-4428)
Resolución 400/38078/2025, de 26 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38518/2024, de 28 de noviembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 30423
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE DEFENSA
4428
Resolución 400/38078/2025, de 26 de febrero, de la Subsecretaría, por la que
se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución
400/38518/2024, de 28 de noviembre.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria, sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de méritos alegados por
los candidatos, a propuesta de la Comisión de Valoración, he resuelto:
Primero.
La adjudicación de los puestos de trabajo que se relacionan en anexo a esta
resolución a los funcionarios que se mencionan en el mismo.
Segundo.
Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo
motivados por falta de peticionarios o por cualquier otra circunstancia prevista en la
resolución de la convocatoria.
Tercero.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo de los plazos posesorios, se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos a los interesados salvo que por causas justificadas,
el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Los puestos obtenidos
serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los
interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el mismo,
en cuyo caso, vendrán obligados a comunicar por escrito, en los tres días hábiles
siguientes, a este Ministerio, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con
indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino,
así como forma de provisión y fecha de nombramiento.
Quinto.
La formalización de las diligencias de cese y de toma de posesión de los funcionarios
destinados en el Ministerio de Defensa serán realizadas por el Delegado o Subdelegado
cve: BOE-A-2025-4428
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 30423
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE DEFENSA
4428
Resolución 400/38078/2025, de 26 de febrero, de la Subsecretaría, por la que
se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución
400/38518/2024, de 28 de noviembre.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria, sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de méritos alegados por
los candidatos, a propuesta de la Comisión de Valoración, he resuelto:
Primero.
La adjudicación de los puestos de trabajo que se relacionan en anexo a esta
resolución a los funcionarios que se mencionan en el mismo.
Segundo.
Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo
motivados por falta de peticionarios o por cualquier otra circunstancia prevista en la
resolución de la convocatoria.
Tercero.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha
publicación.
El cómputo de los plazos posesorios, se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos a los interesados salvo que por causas justificadas,
el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Los puestos obtenidos
serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los
interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el mismo,
en cuyo caso, vendrán obligados a comunicar por escrito, en los tres días hábiles
siguientes, a este Ministerio, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con
indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino,
así como forma de provisión y fecha de nombramiento.
Quinto.
La formalización de las diligencias de cese y de toma de posesión de los funcionarios
destinados en el Ministerio de Defensa serán realizadas por el Delegado o Subdelegado
cve: BOE-A-2025-4428
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.