Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4489)
Resolución de 26 de febrero de 2025, del Centro Español de Metrología, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado, máster y doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30584
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.12.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva en pesas y medidas. El artículo 17 de la Ley 32/2014, de 22 de
diciembre, de Metrología, recoge que el Centro Español de Metrología, organismo
autónomo adscrito al Ministerio de Industria y Turismo, es el Instituto Nacional de
Metrología de España, estando entre sus fines, de acuerdo con Real Decreto 1342/2007,
de 11 de octubre, modificado por el Real Decreto 240/2019, de 5 de abril, por el que se
aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología, promover la formación de
especialistas en metrología.
Segundo.
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Madrid, aprobado por
la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que «corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la
enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que
conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las
facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la
Alta Inspección para su cumplimiento y garantía».
Por su parte, la Universidad goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. El
artículo 2.2.j) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales».
Tercero.
Que la Universidad tiene entre sus fines acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno mediante el establecimiento de
relaciones con instituciones externas que permitan completar el proceso formativo
seguido por los estudiantes con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior
incorporación al mundo laboral.
Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y
otras normas complementarias que puedan resultar de aplicación.
Asimismo, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, contempla, tanto para los estudios de Grado como para los de Máster y
Doctorado, las prácticas externas, así como sus trabajos de finalización como formación
integrada en los planes de estudios. De acuerdo con el Real Decreto 1791/2010, de 30
de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, los
convenios entre universidades y empresas o instituciones constituyen uno de los
fundamentos básicos para permitir, a través de prácticas externas, la formación integral
del alumnado universitario.
cve: BOE-A-2025-4489
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30584
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.12.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva en pesas y medidas. El artículo 17 de la Ley 32/2014, de 22 de
diciembre, de Metrología, recoge que el Centro Español de Metrología, organismo
autónomo adscrito al Ministerio de Industria y Turismo, es el Instituto Nacional de
Metrología de España, estando entre sus fines, de acuerdo con Real Decreto 1342/2007,
de 11 de octubre, modificado por el Real Decreto 240/2019, de 5 de abril, por el que se
aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología, promover la formación de
especialistas en metrología.
Segundo.
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Madrid, aprobado por
la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que «corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la
enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que
conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las
facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la
Alta Inspección para su cumplimiento y garantía».
Por su parte, la Universidad goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. El
artículo 2.2.j) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales».
Tercero.
Que la Universidad tiene entre sus fines acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno mediante el establecimiento de
relaciones con instituciones externas que permitan completar el proceso formativo
seguido por los estudiantes con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior
incorporación al mundo laboral.
Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y
otras normas complementarias que puedan resultar de aplicación.
Asimismo, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, contempla, tanto para los estudios de Grado como para los de Máster y
Doctorado, las prácticas externas, así como sus trabajos de finalización como formación
integrada en los planes de estudios. De acuerdo con el Real Decreto 1791/2010, de 30
de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, los
convenios entre universidades y empresas o instituciones constituyen uno de los
fundamentos básicos para permitir, a través de prácticas externas, la formación integral
del alumnado universitario.
cve: BOE-A-2025-4489
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.