Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-4214)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 29010
La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra cuya
resolución se hubiera presentado la reclamación, así como a los aspirantes que hubieran
participado en las mismas. Podrá, asimismo, solicitar informes de especialistas de
reconocido prestigio. En cualquier caso, la Comisión ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses. El transcurso del plazo establecido sin
resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Octava. Presentación de documentos y nombramientos.
Los candidatos propuestos para la provisión de la/s plaza/s deberán presentar en el
Registro General de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de
conclusión de la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos:
Los españoles que tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de
justificar los documentos y requisitos de los apartados a y b, debiendo presentar
certificación acreditativa de su condición de funcionario del Ministerio u Organismo del
que dependan y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
El nombramiento propuesto por la Comisión de Selección, salvo manifiesta
ilegalidad, será efectuado por el Rector de la Universidad de Córdoba y la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud. El nombramiento será comunicado
al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de
Personal e inscripción en el Cuerpo respectivo, publicándose en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y comunicándose a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición–, con los derechos y deberes que le son propios.
Novena.
Tratamiento de datos personales.
Las personas participantes y asistentes en el acto de presentación y desarrollo de las
distintas pruebas del concurso-oposición quedarán sometidas a lo dispuesto en el
Reglamento General de Protección de Datos – Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril;
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y demás normativa que resulte de aplicación. Asimismo,
cve: BOE-A-2025-4214
Verificable en https://www.boe.es
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
d) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos exigidos en la base 2.2.a) y
b) de la presente convocatoria.
e) Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán aportar copia del
documento equivalente que acredite su identidad, así como su nacionalidad.
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 29010
La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra cuya
resolución se hubiera presentado la reclamación, así como a los aspirantes que hubieran
participado en las mismas. Podrá, asimismo, solicitar informes de especialistas de
reconocido prestigio. En cualquier caso, la Comisión ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses. El transcurso del plazo establecido sin
resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Octava. Presentación de documentos y nombramientos.
Los candidatos propuestos para la provisión de la/s plaza/s deberán presentar en el
Registro General de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de
conclusión de la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos:
Los españoles que tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de
justificar los documentos y requisitos de los apartados a y b, debiendo presentar
certificación acreditativa de su condición de funcionario del Ministerio u Organismo del
que dependan y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
El nombramiento propuesto por la Comisión de Selección, salvo manifiesta
ilegalidad, será efectuado por el Rector de la Universidad de Córdoba y la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud. El nombramiento será comunicado
al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de
Personal e inscripción en el Cuerpo respectivo, publicándose en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y comunicándose a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición–, con los derechos y deberes que le son propios.
Novena.
Tratamiento de datos personales.
Las personas participantes y asistentes en el acto de presentación y desarrollo de las
distintas pruebas del concurso-oposición quedarán sometidas a lo dispuesto en el
Reglamento General de Protección de Datos – Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril;
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y demás normativa que resulte de aplicación. Asimismo,
cve: BOE-A-2025-4214
Verificable en https://www.boe.es
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
d) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos exigidos en la base 2.2.a) y
b) de la presente convocatoria.
e) Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán aportar copia del
documento equivalente que acredite su identidad, así como su nacionalidad.