Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-7709)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana por el que se somete a información pública el Proyecto de trazado "Actuaciones de mejora de conectividad y funcionalidad en la autopista AP-7, pp.kk. 469+700 a 470+700. Enlace AP-7/A-7/N-340. T.M. de Sagunto. Provincia de Valencia." Clave 33-V-7630.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 11684
En consecuencia, en cumplimiento de esta orden, se somete el citado proyecto
a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir
del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias ("Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la Provincia de
Valencia" y en un diario de gran tirada de dicha provincia), en cuanto a:
- El artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y
concordantes con el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Carreteras, a los efectos de que se puedan
realizar alegaciones sobre las circunstancias que justifican la declaración de
interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes con el Decreto de 26 de abril de 1957 por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en aplicación
del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, todo ello a
los efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente
ocupación de los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la
reposición de los servicios afectados.
- El artículo 36.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, sobre
la notificación a los interesados en la reordenación de accesos que realiza el
proyecto.
- La Orden FOM/2873/2007, de 24 de septiembre, sobre procedimientos
complementarios para autorizar nuevos enlaces o modificar los existentes en las
carreteras del Estado.
La documentación del Proyecto podrá ser consultada, en días y horas de
oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana,
con sede en Valencia, c/ Joaquín Ballester, n.º 39, planta primera, en el
Ayuntamiento de Sagunto, y en la dirección web del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible:
https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica
Entre los documentos que se someten a examen figura una copia de la
aprobación provisional del proyecto.
Durante el expresado plazo, y en virtud de la legislación indicada, se podrán
presentar por escrito dirigido a la Demarcación de Carreteras del Estado en la
Comunidad Valenciana, por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, las alegaciones y observaciones que estimen
oportunas en relación con el proyecto a los efectos indicados.
Asimismo, las personas interesadas podrán aportar los oportunos datos y
alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos
publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación,
en cuyo caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse
preferentemente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos
distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que
persiguen.
cve: BOE-B-2025-7709
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 11684
En consecuencia, en cumplimiento de esta orden, se somete el citado proyecto
a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir
del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias ("Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la Provincia de
Valencia" y en un diario de gran tirada de dicha provincia), en cuanto a:
- El artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y
concordantes con el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Carreteras, a los efectos de que se puedan
realizar alegaciones sobre las circunstancias que justifican la declaración de
interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes con el Decreto de 26 de abril de 1957 por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en aplicación
del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, todo ello a
los efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente
ocupación de los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la
reposición de los servicios afectados.
- El artículo 36.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, sobre
la notificación a los interesados en la reordenación de accesos que realiza el
proyecto.
- La Orden FOM/2873/2007, de 24 de septiembre, sobre procedimientos
complementarios para autorizar nuevos enlaces o modificar los existentes en las
carreteras del Estado.
La documentación del Proyecto podrá ser consultada, en días y horas de
oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana,
con sede en Valencia, c/ Joaquín Ballester, n.º 39, planta primera, en el
Ayuntamiento de Sagunto, y en la dirección web del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible:
https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica
Entre los documentos que se someten a examen figura una copia de la
aprobación provisional del proyecto.
Durante el expresado plazo, y en virtud de la legislación indicada, se podrán
presentar por escrito dirigido a la Demarcación de Carreteras del Estado en la
Comunidad Valenciana, por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, las alegaciones y observaciones que estimen
oportunas en relación con el proyecto a los efectos indicados.
Asimismo, las personas interesadas podrán aportar los oportunos datos y
alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos
publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación,
en cuyo caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse
preferentemente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos
distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que
persiguen.
cve: BOE-B-2025-7709
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 53