Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2025-4085)
Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Sábado 1 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 28521

Estas limitaciones se aplican en los siguientes casos, de forma análoga, con los
horarios indicados en el párrafo anterior:
Día

Reyes.
Semana Santa.
1 de Mayo.
Segunda Pascua.

San Juan.
Diada de Cataluña.
La Inmaculada Concepción.

Horario

Lunes 06/01.

T

Jueves Santo 17/04.

T

Viernes Santo 18/04.

M

Lunes de Pascua 21/04.

T

Jueves 01/05.

T

Viernes 06/06.

T

Sábado 07/06.

M

Lunes 09/06.

T

Lunes 23/06.

T

Martes 24/06.

T

Jueves 11/09.

T

Viernes 05/12.

T

Domingo 07/12.

T

Lunes 08/12.

T

M: restricciones de las 10.00 h a las 14.00 h.
T: restricciones de las 17.00 h a las 22.00 h.

cve: BOE-A-2025-4085
Verificable en https://www.boe.es

13.4 Todos los domingos del 5/01 al 13/04 y del 7/12 al 28/12 en horario de tarde
(de 17 a 22 horas), los vehículos pesados y autobuses con MMA igual o superior a 7.500
kg deberán circular por la derecha –sin posibilidad de adelantar– en la A-2 entre Igualada
(PK 550) y Martorell (PK 586), sentido Barcelona.
13.5 En las vías en las que se haya habilitado un carril adicional en sentido
contrario, solo podrán entrar en ese carril vehículos ligeros y motocicletas y, por tanto,
está prohibida la entrada al resto de vehículos, incluidos los turismos con remolque.
En ambas calzadas, fuera del carril adicional, los vehículos pesados y los autobuses
con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular como máximo a 80 km/h y no
podrán adelantar, en ninguno de los dos sentidos, y los vehículos ligeros y las
motocicletas deberán circular como máximo a 100 km/h.