Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2025-4085)
Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 28528

Grupo III
Accesos al P. I. Riu Clar (estacionamiento de vehículos y lavado de cisternas ADR)
Los itinerarios que se describen a continuación son exclusivamente para ir o volver
desde una empresa concreta al P. I. Riu Clar o al revés. En ningún caso está permitido
utilizar estos itinerarios para eludir el itinerario correspondiente al acceso o salida de la
autopista AP-7/E-15:
III.1 Desde las empresas con accesos por el vial de Els Prats hasta el parque P. I.
Riu Clar: vial de Els Prats sentido Vila-seca > A-7 sentido Valencia > AP-7/E-15
entrada 35 > salida 33 > P. I. Riu Clar.
III.2 Desde las empresas con accesos por la carretera N-340 hasta el P. I. Riu Clar:
N-340 sentido Vila-seca > A-7 sentido Valencia>entrada 35 de la autopista AP-7/E-15 >
salida 33 > P. I. Riu Clar.
III.3 Desde las empresas con accesos por la carretera C-31B hasta el P. I. Riu Clar:
C-31B sentido Salou > vial de Els Prats > A-7 sentido Valencia > AP-7/E-15 entrada 35 >
salida 33 > P. I. Riu Clar.
III.4 Desde el polígono Constantí hasta el P. I. Riu Clar: C-422 > T-721 > A-27 > P. I.
Riu Clar.
III.5 Desde la zona de la refinería hasta el P. I. Riu Clar: T-750 > A-27 > P. I. Riu
Clar.
Grupo IV
Otros itinerarios
A. Del puerto marítimo a la zona de la refinería y al revés: directamente por la
autovía A-27 (antigua denominación N-241).
B. De la zona de la refinería hacia la autopista AP-7/E-15 y al revés: directamente
por la autovía A-27 (antigua denominación N-241) hasta el acceso 33 de la AP-7/E-15.
C. Transportes con destino Valls. Los transportes documentados con origen o
destino en los diferentes polígonos químicos de Tarragona y con origen o destino
únicamente a las instalaciones situadas en las localidades de Valls y El Pla de Santa
Maria (incluyendo sus polígonos industriales con acceso por la carretera C-37) podrán
circular en sentido norte por la A-27 (La Plana de Masmolets) > N-240 > C-37; y en
sentido sur por la C-37 > N-240 > A-27 (La Plana de Masmolets). En cualquier caso, la
vía N-240a no se podrá utilizar para el tránsito o trayectos sin el origen o destino
mencionados.
D. Transportes a industrias con accesos por la C-14 (tramo Reus-Montblanc). Los
transportes con inicio o destino únicamente a instalaciones con accesos por la carretera
C-14 entre Reus y Montblanc podrán circular por esta carretera, accediendo a ella o bien
desde la autopista AP-2 enlaces de Montblanc, o bien desde cualquier otro origen en los
alrededores de Tarragona según los itinerarios ya expuestos. Esta vía no se podrá
utilizar para el tránsito de paso o trayectos sin el origen o destino mencionados.
E. Transportes con origen en CLH. Los accesos a CLH se efectuarán por la autovía
A-27 (antigua denominación N-241).
F. Los transportes con origen o destino en la planta de recuperación de papel
situada en la carretera TV-7223, alrededores de Vilallonga del Camp, deben circular por
la C-14 y la TV-7223 si provienen de la zona de Reus o por la A-27 > T-722 > T-7224 >
TV-7223 si provienen de la zona de Tarragona.
G. En algunos itinerarios hay que efectuar cambios de sentido. En el caso de los
accesos a las empresas situadas en la carretera C-31B, estos cambios de sentido deben
efectuarse únicamente en la rotonda con el vial de Els Prats y en la rotonda de enlace
con el Centre d’Ensenyaments Integrats (antigua Universidad Laboral). En el caso de las
empresas situadas en la carretera N-340, los cambios de sentido deben efectuarse en la

cve: BOE-A-2025-4085
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Núm. 52