Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-4144)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Autónoma de Madrid, para su reconocimiento como entidad evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros del Instituto Cervantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 28644
creación artística, y que estos fines, dado su carácter educativo, son concurrentes o
complementarios con los del Instituto Cervantes.
Que el Instituto Cervantes, para promover la difusión de la lengua y la cultura en
español decidió, entre otras medidas, crear el «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC, en adelante), un sello de calidad al que pueden postular
aquellos centros de enseñanza de español como lengua extranjera (ELE, en adelante)
que quieren ser reconocidos como «Centros Acreditados por el Instituto Cervantes»
porque han hecho de esta actividad una línea de su desarrollo docente y porque prestan
servicios de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los requisitos y estándares que
establece el Instituto Cervantes.
Que la obtención del reconocimiento como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes», tanto para centros de ELE en España como fuera de España se regula
mediante el procedimiento de acreditación y de evaluación que establece el SACIC. La
acreditación del SACIC corresponde al Instituto Cervantes, y prevé también la
colaboración con el Instituto Cervantes de otras instituciones en la evaluación. Así, el
Instituto Cervantes, para cumplir los objetivos del SACIC, comparte la actividad de
evaluación con otras instituciones especializadas en evaluación de la calidad y la
enseñanza de ELE, a las que reconoce como Entidades Evaluadoras para la labor de
evaluación de centros de ELE en el marco del SACIC.
Que el Instituto Cervantes y la Universidad Autónoma de Madrid están interesadas
en suscribir el presente convenio para reconocer a la Universidad Autónoma de Madrid
como entidad evaluadora del «Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes»
(SACIC).
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda en fecha 2 de julio de 2024.
Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de fecha
de 28 de abril de 2011 aprobó el Sistema de Acreditación de Centros ELE para favorecer
e impulsar la aplicación de estándares internacionales comunes a la enseñanza de
español como lengua extranjera (ELE), tanto en España como el exterior y en su sesión
de fecha de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios
con universidades y otras instituciones académicas.
En consecuencia, de todo lo anterior, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto reconocer a la Universidad Autónoma de
Madrid de forma no exclusiva como Entidad Evaluadora del SACIC (en adelante, Entidad
Evaluadora) para la realización de las distintas tareas de evaluación de que dispone este
sistema de acreditación de centros de ELE, en los términos previstos en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes, a través de su equipo técnico especializado, ha diseñado el
esquema de evaluación, de acreditación y la metodología para la evaluación, así como
los procedimientos, las herramientas y las guías que centros y evaluadores han de
utilizar en las evaluaciones del SACIC.
La Entidad Evaluadora se compromete a utilizar estas guías y herramientas de
evaluación únicamente para las evaluaciones del SACIC. Por su parte, el Instituto
Cervantes, a través de la plataforma sacic.cervantes.es se compromete a poner a
disposición de la Entidad Evaluadora Universidad Autónoma de Madrid todas las
herramientas que centros y evaluadores de su propia entidad han de utilizar tanto en las
evaluaciones de inicio de acreditación, como en las de prórroga de la acreditación. La
cve: BOE-A-2025-4144
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 28644
creación artística, y que estos fines, dado su carácter educativo, son concurrentes o
complementarios con los del Instituto Cervantes.
Que el Instituto Cervantes, para promover la difusión de la lengua y la cultura en
español decidió, entre otras medidas, crear el «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC, en adelante), un sello de calidad al que pueden postular
aquellos centros de enseñanza de español como lengua extranjera (ELE, en adelante)
que quieren ser reconocidos como «Centros Acreditados por el Instituto Cervantes»
porque han hecho de esta actividad una línea de su desarrollo docente y porque prestan
servicios de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los requisitos y estándares que
establece el Instituto Cervantes.
Que la obtención del reconocimiento como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes», tanto para centros de ELE en España como fuera de España se regula
mediante el procedimiento de acreditación y de evaluación que establece el SACIC. La
acreditación del SACIC corresponde al Instituto Cervantes, y prevé también la
colaboración con el Instituto Cervantes de otras instituciones en la evaluación. Así, el
Instituto Cervantes, para cumplir los objetivos del SACIC, comparte la actividad de
evaluación con otras instituciones especializadas en evaluación de la calidad y la
enseñanza de ELE, a las que reconoce como Entidades Evaluadoras para la labor de
evaluación de centros de ELE en el marco del SACIC.
Que el Instituto Cervantes y la Universidad Autónoma de Madrid están interesadas
en suscribir el presente convenio para reconocer a la Universidad Autónoma de Madrid
como entidad evaluadora del «Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes»
(SACIC).
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda en fecha 2 de julio de 2024.
Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de fecha
de 28 de abril de 2011 aprobó el Sistema de Acreditación de Centros ELE para favorecer
e impulsar la aplicación de estándares internacionales comunes a la enseñanza de
español como lengua extranjera (ELE), tanto en España como el exterior y en su sesión
de fecha de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios
con universidades y otras instituciones académicas.
En consecuencia, de todo lo anterior, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto reconocer a la Universidad Autónoma de
Madrid de forma no exclusiva como Entidad Evaluadora del SACIC (en adelante, Entidad
Evaluadora) para la realización de las distintas tareas de evaluación de que dispone este
sistema de acreditación de centros de ELE, en los términos previstos en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes, a través de su equipo técnico especializado, ha diseñado el
esquema de evaluación, de acreditación y la metodología para la evaluación, así como
los procedimientos, las herramientas y las guías que centros y evaluadores han de
utilizar en las evaluaciones del SACIC.
La Entidad Evaluadora se compromete a utilizar estas guías y herramientas de
evaluación únicamente para las evaluaciones del SACIC. Por su parte, el Instituto
Cervantes, a través de la plataforma sacic.cervantes.es se compromete a poner a
disposición de la Entidad Evaluadora Universidad Autónoma de Madrid todas las
herramientas que centros y evaluadores de su propia entidad han de utilizar tanto en las
evaluaciones de inicio de acreditación, como en las de prórroga de la acreditación. La
cve: BOE-A-2025-4144
Verificable en https://www.boe.es
Primera.