Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2025-4163)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para el desarrollo de prácticas académicas externas de grado y trabajos fin de grado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Sábado 1 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 28800

con las universidades en la investigación científica y tecnológica y en las enseñanzas
especializadas, dentro de las que se encuadra el objeto de este convenio.
El CSIC se estructura en institutos y centros de investigación, unidades y órganos de
dirección y apoyo a la investigación (ICU, en adelante) con capacidad para acoger a
estudiantes universitarios.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas,
las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los
centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios
sujetos al derecho administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes
públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación
científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización
conjunta de, entre otras, las siguientes actividades: formación de personal científico y
técnico y divulgación científica y tecnológica.
Quinto.
Que la Universidad de Extremadura (en adelante, la Universidad), con sede en
Cáceres/Badajoz, domicilio en Rectorado, plaza de los Caldereros, s/n, 10003 Cáceres,
y con CIF Q0618001B, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho
público dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus
fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario (BOE de 23 de marzo). Entre otras funciones, la Universidad es encargada
del servicio público de la educación superior, con personalidad jurídica y patrimonio
propios e independientes de los del Estado, la Comunidad Autónoma de Extremadura y
otros entes públicos y se define por su dedicación a la docencia e investigación, para lo
cual resulta necesaria la colaboración de otras instituciones. Entre sus fines se
contempla el apoyo científico y técnico al desarrollo social, económico y cultural, así
como el mejor conocimiento en todos sus aspectos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que constituye su ámbito
Sexto.
Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas,
el CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de
cooperación que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan
mejorar la cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen
estudios de Grado en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de
ambas instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las
mismas.

Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la
finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con
su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora
de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.

cve: BOE-A-2025-4163
Verificable en https://www.boe.es

Séptimo.