Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4018)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Universidad Internacional de La Rioja, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 27874

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
4018

Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Universidad
Internacional de La Rioja, para el desarrollo de programas de cooperación
educativa.

Con fecha 12 de febrero de 2025 se suscribió un Convenio entre el Consorcio Casa
África y UNIR para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 19 de febrero de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio entre el Consorcio Casa África y UNIR para el desarrollo de programas
de cooperación educativa
En la sede de cada una de las entidades, a fecha de firma electrónica.

De una parte, don José Segura Clavell, Director/a General del Consorcio Casa
África, facultado/a para ello en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector
el 18 de julio de 2022, y conforme a los artículos 48.2 LRJSP, y 5 b) y 23 d) de los
Estatutos del Consorcio; en nombre y representación del Consorcio Casa África (en lo
sucesivo Casa África), con CIF n.º Q3500371D, entidad de Derecho Público de carácter
interadministrativo, adscrita a la Administración General del Estado, con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar, integrado por el Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación; el Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria y con domicilio social en c/ Alfonso XIII, 5, 35003 Las
Palmas de Gran Canaria.
De otra parte, el Prof. doctor José María Vázquez García-Peñuela, como Rector
Magnífico de la Universidad Internacional de La Rioja, en adelante UNIR, entidad con
domicilio en Av. De la Paz, 137, 26006 Logroño, La Rioja - España y NIF A-****04**,
actuando en su nombre y representación como máxima autoridad académica de la
misma, según nombramiento efectuado por el Consejo de Administración (de
conformidad con lo previsto en el artículo 27 de las Normas de Funcionamiento y
Organización de la Universidad) y posteriormente ratificado por el Consejo Directivo de la
Universidad, en sesión de 3 de junio de 2009.
DECLARAN
1. Que el presente convenio se formaliza al amparo de lo previsto en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las
enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas

cve: BOE-A-2025-4018
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