Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Productos petrolíferos. Operadores. (BOE-A-2025-4060)
Orden TED/193/2025, de 26 de febrero, por la que se inhabilita para ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a Nexgen Fuels, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 28187

Así, en virtud del artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el 2 de diciembre de 2024 se
adoptó el Acuerdo de la Dirección General de Política Energética y Minas por el que se
inicia el procedimiento de inhabilitación para ejercer la actividad de operador al por
mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a la empresa Nexgen Fuels, SL,
cumpliendo con la previsión sobre las medidas provisionales que deberán ser
confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento,
que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá
ser objeto del recurso que proceda.
En el citado acuerdo de 2 de diciembre de 2024 se establecía un plazo de diez días,
contados a partir del día siguiente al de su notificación, para que la empresa pudiera
aportar cuantas alegaciones, documentos o información considerara oportuno. La
notificación del acuerdo al interesado se realizó por medios electrónicos con fecha 3 de
diciembre de 2024 y Nexgen Fuels, SL, remitió escrito de alegaciones al mismo con
fecha 16 de diciembre de 2024, que fueron respondidas motivadamente el 20 de febrero
de 2025. Del análisis de dichas alegaciones se concluye que la empresa sigue sin
acreditar los requisitos de capacidad técnica y financiera establecidos para poder ejercer
la actividad de operador al por mayor. En concreto, con la información aportada en las
alegaciones, no es posible acreditar que la empresa dispusiera en todo momento de la
capacidad financiera exigida legalmente para ejercer la actividad de operador al por
mayor, ni de la capacidad técnica necesaria para ejercer dicha actividad. Por todo ello,
de conformidad con el artículo 42 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, procede resolver la
inhabilitación de Nexgen Fuels, SL.
En consecuencia, la resolución de esta actuación no ha sufrido variaciones respecto
al acuerdo de la Dirección General de Política Energética y Minas por el que se inicia el
procedimiento de inhabilitación para ejercer la actividad de operador al por mayor de
carburantes y combustibles petrolíferos a la empresa Nexgen Fuels, SL, de fecha 2 de
diciembre de 2024, habiéndose realizado el trámite de audiencia al interesado.
Asimismo, se ha emitido informe favorable la Abogacía del Estado con fecha 25 de
febrero de 2025, con N/Exp: 146/2025, cuyas observaciones han sido consideradas en la
elaboración de esta orden.
Teniendo en cuenta lo expuesto, en uso de la potestad que el artículo 42, apartado 3
de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, confiere a la titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, resuelvo:
Primero.
Declarar la inhabilitación de la empresa Nexgen Fuels, SL, para ejercer la actividad
de operador al por mayor de productos petrolíferos como consecuencia de la falta de
acreditación del cumplimiento de los requisitos necesarios para el ejercicio de la
actividad al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos.
Segundo.

Tercero.
Informar de que, durante el plazo de seis meses a contar desde que surta efectos
esta orden, no se tendrán en consideración las comunicaciones y declaraciones
responsables que fuesen presentadas por Nexgen Fuels, SL, para el ejercicio de la
actividad como operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos, así
como las que fueran presentadas por empresas del mismo grupo empresarial o por otras

cve: BOE-A-2025-4060
Verificable en https://www.boe.es

Comunicar la presente orden a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para que, una vez surta efectos, proceda a dar de baja a la empresa en el
listado de operadores petrolíferos al por mayor.