Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-3964)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona y la Fundación Institut Català de Nanociència i Nanotecnologia, para la realización del proyecto de I+D+i «Towards Efficient Hydrogen Production with New Hybrid Electrocatalysts (Hydrocat)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 27553

El CSIC, la UB y el ICN2, en adelante denominados conjuntamente «las partes» o
«entidades participantes», declaran hallarse debidamente facultadas y con la capacidad
necesaria para obligarse en los términos del presente convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
1. Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un Organismo
Público de Investigación (OPI) de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de
Investigación. Su objetivo fundamental es desarrollar y promover investigaciones en
beneficio del progreso científico y tecnológico, para lo cual está abierto a la colaboración
con entidades españolas y extranjeras. Según su Estatuto (artículo 4), tiene como misión
el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y
tecnológica, de carácter pluridisciplinar, con el fin de contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de
personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) y por las disposiciones de su Estatuto,
aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.
Por su parte, el Instituto de Ciencia de Materiales de Barcelona (ICMAB) es un
instituto de investigación propio del CSIC, sin personalidad jurídica propia, perteneciente
al Área de Ciencias y Tecnologías de Materiales, cuya finalidad es llevar a cabo
investigaciones científicas y desarrollos tecnológicos en el campo de los nuevos
materiales.
2. Que la UB es una universidad pública con sede en la ciudad de Barcelona. Como
institución de derecho público, tiene atribuida, entre otras, la función de colaborar con las
administraciones públicas, instituciones y entidades privadas con la finalidad de elaborar,
participar y desarrollar planes de acciones que contribuyan al progreso de la ciencia, de
la difusión de la cultura y el desarrollo de la sociedad.
3. Que el ICN2 es una fundación perteneciente al sector público, adscrita a la
Administración de la Generalitat de Catalunya y participada por la Generalitat de
Catalunya, el CSIC y la Universidad Autónoma de Barcelona, que tiene entre sus
funciones la de promover la investigación en el ámbito de la nanociencia y la
nanotecnología, impulsando la interrelación entre la investigación básica, aplicada y el
mercado para alcanzar la excelencia en este ámbito y convertirse en un centro de
referencia mundial.
4. Que la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación
(AGAUR), en el marco de la Convocatoria de las ayudas para financiar proyectos de
investigación para la mitigación y la adaptación al cambio climático, ha concedido al
CSIC, como beneficiario de la ayuda y coordinador del Proyecto, una ayuda para la
realización del proyecto «Towards Efficient Hydrogen Production with New Hybrid
Electrocatalysts (HYDROCAT)» con número de expediente 2023 CLIMA 00064 y, de
conformidad con las bases reguladoras de la convocatoria de dicha ayuda, el Proyecto
puede realizarse con la colaboración de terceras instituciones ejecutoras. El CSIC y las
otras entidades signatarias están interesadas en colaborar mutuamente para llevar a
cabo el citado Proyecto, de acuerdo con lo establecido en la Memoria del Proyecto y la
resolución relativa a la concesión de las ayudas para financiar proyectos de investigación
para la mitigación y adaptación al cambio climático (609R24) publicada por la AGAUR en
fecha 29 de enero de 2024, así como con la cláusula cuarta y las restantes disposiciones
de este convenio.
5. Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
regula en su artículo 34.1 la posibilidad de que los agentes públicos de financiación o

cve: BOE-A-2025-3964
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Núm. 50