Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Notarías. (BOE-A-2025-3811)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convoca oposición libre para obtener el título de Notaria o Notario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Miércoles 26 de febrero de 2025
Segunda.

Sec. II.B. Pág. 26581

Requisitos para participar en la oposición.

1. A esta oposición le será de aplicación el artículo 10 de la Ley del Notariado de 28
de mayo de 1862, modificado por la disposición adicional decimoctava de la
Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social, el Reglamento de la organización y régimen del Notariado y, supletoriamente, las
normas establecidas con carácter general para el ingreso en la función pública.
2. En consecuencia, las personas que aspiren a tomar parte en esta oposición
deben reunir, en la fecha que termine el plazo de presentación las condiciones
siguientes:
1. Ser española o español u ostentar la nacionalidad de cualquier país miembro de
la Unión Europea, o estar incurso en las situaciones previstas en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Ser mayor de edad.
3. No encontrarse comprendida en ninguno de los casos que incapacitan o
imposibilitan para el ejercicio del cargo de Notaria o Notario.
4. Ser Doctor/a o Licenciado/a en Derecho o haber concluido los estudios de esta
Licenciatura, o estar en posesión del título de Grado en Derecho.
3. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito
de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión
Europea.
Tercera.

Programa.

El programa que regirá los dos primeros ejercicios de la oposición fue aprobado por
Resolución de esta Dirección General de 19 de julio de 2015 («Boletín Oficial del
Estado» de 3 de agosto), por la que se aprueba el nuevo programa para el primer y
segundo ejercicios y el anexo para el cuarto ejercicio de las oposiciones al título de
Notario, con las modificaciones aprobadas por Resolución de 15 de diciembre de 2021,
de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública («Boletín Oficial del Estado»
de 28 de diciembre de 2021).
Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas (modelo oficial 790) que
estará disponible a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: https://
administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html, en castellano y en las demás
lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
2. De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de
acceso general, https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html, al que
se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de la Presidencia,
Justicia, y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanía–Empleo
público–Oposiciones y Procesos Selectivos de Acceso Libre). Tras la identificación,
deberá elegir la convocatoria de acceso al Cuerpo de Notarias y Notarios, pulsar en
«inscribirse» y a continuación elegir la opción «realice su inscripción online». Una vez
cumplimentada la solicitud, se procederá al pago electrónico de la tasa de derechos de
examen a través de la misma plataforma, siguiendo las instrucciones que el sistema va

cve: BOE-A-2025-3811
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.