Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-3845)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
8.1
Sec. II.B. Pág. 26695
El concurso de acceso constará de dos pruebas:
Primera prueba: Esta prueba comenzará en el plazo máximo de quince días hábiles,
a contar desde el siguiente al del acto de presentación, tendrá un valor máximo de 5 puntos.
Consistirá en la presentación oral y posterior discusión ante la Comisión de Selección
de los méritos e historial académico, docente e investigador, incluyendo la transferencia
e intercambio del conocimiento, de la candidatura.
Para superarla habrá que obtener una puntuación igual o superior a 2,5 puntos.
Pasarán a la segunda prueba las candidaturas que hayan obtenido la puntuación mínima
requerida.
Segunda prueba: Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, para superarla
habrá que obtener una puntuación igual o superior a 2,5 puntos.
Consistirá en la exposición oral y posterior discusión:
a) Del proyecto docente presentado por la candidatura, debiendo incluir el programa
de una de las materias o especialidades de las que se cursen en la Universidad de La
Laguna, para la obtención de títulos de carácter oficial y deberá hacer referencia expresa
a la planificación y los recursos docentes empleados. Valor máximo de 2,5 puntos.
b) Del proyecto investigador presentado por la candidatura que estará relacionado
con las líneas relacionadas con la/s especialidad/es a la/s que está adscrita la plaza.
Valor máximo de 2,5 puntos.
Para el desarrollo de cada una de las pruebas las personas candidatas dispondrán
de un tiempo máximo de sesenta minutos. Seguidamente, la comisión podrá realizar
preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con el/la concursante acerca de todos aquellos
aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.
Finalizadas las pruebas correspondientes, cada integrante de la Comisión de Selección
realizará una valoración razonada sobre cada concursante, que deberá ajustarse a
los criterios de valoración previamente establecidos por la Comisión de Selección, de
acuerdo con el artículo 19 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos a los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
Concluidas las dos pruebas, la Comisión de Selección hallará la media aritmética
de las calificaciones obtenidas por cada candidatura en ambas pruebas y emitirá una
propuesta motivada de provisión por orden de puntuación.
En el caso de que exista infrarrepresentación de alguno de los sexos, si se produjese
un empate en el resultado final del proceso, entre personas de distinto sexo, se dirimirá
el empate a favor del menos representado.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
8.2 En el caso de que exista una única persona aspirante, la Comisión podrá
decidir por unanimidad, tras analizar la documentación presentada por la candidatura,
que la entrega documental resulta suficiente para dar por superada la primera prueba.
Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá
de notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá
incluir la evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por
cada uno de los aspectos evaluados.
cve: BOE-A-2025-3845
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
8.1
Sec. II.B. Pág. 26695
El concurso de acceso constará de dos pruebas:
Primera prueba: Esta prueba comenzará en el plazo máximo de quince días hábiles,
a contar desde el siguiente al del acto de presentación, tendrá un valor máximo de 5 puntos.
Consistirá en la presentación oral y posterior discusión ante la Comisión de Selección
de los méritos e historial académico, docente e investigador, incluyendo la transferencia
e intercambio del conocimiento, de la candidatura.
Para superarla habrá que obtener una puntuación igual o superior a 2,5 puntos.
Pasarán a la segunda prueba las candidaturas que hayan obtenido la puntuación mínima
requerida.
Segunda prueba: Esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, para superarla
habrá que obtener una puntuación igual o superior a 2,5 puntos.
Consistirá en la exposición oral y posterior discusión:
a) Del proyecto docente presentado por la candidatura, debiendo incluir el programa
de una de las materias o especialidades de las que se cursen en la Universidad de La
Laguna, para la obtención de títulos de carácter oficial y deberá hacer referencia expresa
a la planificación y los recursos docentes empleados. Valor máximo de 2,5 puntos.
b) Del proyecto investigador presentado por la candidatura que estará relacionado
con las líneas relacionadas con la/s especialidad/es a la/s que está adscrita la plaza.
Valor máximo de 2,5 puntos.
Para el desarrollo de cada una de las pruebas las personas candidatas dispondrán
de un tiempo máximo de sesenta minutos. Seguidamente, la comisión podrá realizar
preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con el/la concursante acerca de todos aquellos
aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.
Finalizadas las pruebas correspondientes, cada integrante de la Comisión de Selección
realizará una valoración razonada sobre cada concursante, que deberá ajustarse a
los criterios de valoración previamente establecidos por la Comisión de Selección, de
acuerdo con el artículo 19 del Reglamento de Desarrollo de los Concursos a los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
Concluidas las dos pruebas, la Comisión de Selección hallará la media aritmética
de las calificaciones obtenidas por cada candidatura en ambas pruebas y emitirá una
propuesta motivada de provisión por orden de puntuación.
En el caso de que exista infrarrepresentación de alguno de los sexos, si se produjese
un empate en el resultado final del proceso, entre personas de distinto sexo, se dirimirá
el empate a favor del menos representado.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
8.2 En el caso de que exista una única persona aspirante, la Comisión podrá
decidir por unanimidad, tras analizar la documentación presentada por la candidatura,
que la entrega documental resulta suficiente para dar por superada la primera prueba.
Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá
de notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá
incluir la evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por
cada uno de los aspectos evaluados.
cve: BOE-A-2025-3845
Verificable en https://www.boe.es
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