Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-3859)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el Puerto de Bilbao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26910
5. Sendas certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones de
carácter fiscal y laboral por la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.
6. Declaración responsable del cumplimiento de lo exigido en el artículo 121 del
TRLPEMM sobre incompatibilidades y de no estar incurso en las causas establecidas en
los artículos 71, 72 y 73 de la Subsección referida a las prohibiciones de contratar de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
7. Declaración responsable de honorabilidad conforme al modelo adjunto en el
anexo V.
8. Declaración responsable de cumplir y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, los requisitos y condiciones exigidas en el Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, el PPP y en la propia licencia.
9. Declaración responsable de disponer, y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, de los permisos, autorizaciones y licencias legalmente exigibles para el ejercicio
de la actividad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en las normas que, en su
desarrollo, dicte la administración competente, para cada tipo de residuo correspondiente
a cada anexo del Convenio MARPOL, tales como:
– Autorización de Gestor de Desechos Urbanos.
– Autorización de Gestor de Desechos Peligrosos.
– Autorización de Gestor de Desechos SANDACH.
Según el tipo de desechos y/o residuos para los que se solicite licencia.
10. Acreditación documental del compromiso de aceptación o contrato con el gestor
a quien se ha previsto entregar dichos desechos para su tratamiento o eliminación, junto
con la/s autorización/es obtenida/s por éste del órgano medioambiental correspondiente
de la Comunidad Autónoma donde radique la instalación de almacenamiento o
tratamiento donde se van a entregar de entre las señaladas en el punto anterior.
11. Certificado de aptitud de medios flotantes de instalaciones receptoras
portuarias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero,
sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.
12. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o
indirecto, pudieran surgir de la licencia concedida, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante. Los solicitantes
españoles no deberán presentar tal declaración.
13. En el caso de los solicitantes de licencias restringidas al ámbito geográfico de
una estación marítima de pasajeros o terminal de mercancías dedicadas a uso particular
sin ser el titular de la concesión o autorización, copia del contrato suscrito entre dicho
titular y el solicitante de licencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116.3 del
TRLPEMM.
De carácter económico-financiero.
1. Documentación acreditativa de la solvencia económico-financiera del solicitante,
de acuerdo con lo establecido en la Prescripción 11.ª
2. Declaración responsable de constituir, antes del inicio de la actividad, la garantía
exigida en la Prescripción 19.ª y de presentar la documentación acreditativa una vez
constituida.
3. Declaración responsable de contratar, antes del inicio de la actividad, un seguro
de responsabilidad civil que cubra los riesgos propios de la prestación del servicio por la
cantidad mínima establecida en la Prescripción 16.ª y de presentar la documentación
acreditativa una vez contratado.
4. Declaración responsable de presentar, antes del inicio de la actividad, la
documentación acreditativa de disponer de la garantía financiera medioambiental que en
su caso resulte. Esta garantía podrá estar incluida en el seguro de responsabilidad civil.
cve: BOE-A-2025-3859
Verificable en https://www.boe.es
B.
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26910
5. Sendas certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones de
carácter fiscal y laboral por la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.
6. Declaración responsable del cumplimiento de lo exigido en el artículo 121 del
TRLPEMM sobre incompatibilidades y de no estar incurso en las causas establecidas en
los artículos 71, 72 y 73 de la Subsección referida a las prohibiciones de contratar de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
7. Declaración responsable de honorabilidad conforme al modelo adjunto en el
anexo V.
8. Declaración responsable de cumplir y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, los requisitos y condiciones exigidas en el Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, el PPP y en la propia licencia.
9. Declaración responsable de disponer, y mantener a lo largo de la vigencia de la
licencia, de los permisos, autorizaciones y licencias legalmente exigibles para el ejercicio
de la actividad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en las normas que, en su
desarrollo, dicte la administración competente, para cada tipo de residuo correspondiente
a cada anexo del Convenio MARPOL, tales como:
– Autorización de Gestor de Desechos Urbanos.
– Autorización de Gestor de Desechos Peligrosos.
– Autorización de Gestor de Desechos SANDACH.
Según el tipo de desechos y/o residuos para los que se solicite licencia.
10. Acreditación documental del compromiso de aceptación o contrato con el gestor
a quien se ha previsto entregar dichos desechos para su tratamiento o eliminación, junto
con la/s autorización/es obtenida/s por éste del órgano medioambiental correspondiente
de la Comunidad Autónoma donde radique la instalación de almacenamiento o
tratamiento donde se van a entregar de entre las señaladas en el punto anterior.
11. Certificado de aptitud de medios flotantes de instalaciones receptoras
portuarias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero,
sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques.
12. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o
indirecto, pudieran surgir de la licencia concedida, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al solicitante. Los solicitantes
españoles no deberán presentar tal declaración.
13. En el caso de los solicitantes de licencias restringidas al ámbito geográfico de
una estación marítima de pasajeros o terminal de mercancías dedicadas a uso particular
sin ser el titular de la concesión o autorización, copia del contrato suscrito entre dicho
titular y el solicitante de licencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116.3 del
TRLPEMM.
De carácter económico-financiero.
1. Documentación acreditativa de la solvencia económico-financiera del solicitante,
de acuerdo con lo establecido en la Prescripción 11.ª
2. Declaración responsable de constituir, antes del inicio de la actividad, la garantía
exigida en la Prescripción 19.ª y de presentar la documentación acreditativa una vez
constituida.
3. Declaración responsable de contratar, antes del inicio de la actividad, un seguro
de responsabilidad civil que cubra los riesgos propios de la prestación del servicio por la
cantidad mínima establecida en la Prescripción 16.ª y de presentar la documentación
acreditativa una vez contratado.
4. Declaración responsable de presentar, antes del inicio de la actividad, la
documentación acreditativa de disponer de la garantía financiera medioambiental que en
su caso resulte. Esta garantía podrá estar incluida en el seguro de responsabilidad civil.
cve: BOE-A-2025-3859
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B.