Ministerio de Educación, Formación Profesional y DeportesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-6952)
Extracto de la Resolución de 19 de febrero de 2025 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a federaciones deportivas españolas para el desarrollo del programa Team España Futuro 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 10605
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se
realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono
se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de las
actividades subvencionadas y sin exigencia de garantía, o con posterioridad en el
caso de las actividades que ya se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de
Resolución definitiva.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la
convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de
12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de
Presupuestación y Justificación del CSD. La justificación se presentará antes del
31 de marzo de 2026.
Madrid, 19 de febrero de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
cve: BOE-B-2025-6952
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250008439-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 10605
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se
realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono
se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de las
actividades subvencionadas y sin exigencia de garantía, o con posterioridad en el
caso de las actividades que ya se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de
Resolución definitiva.
La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará
mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la
convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de
12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de
Presupuestación y Justificación del CSD. La justificación se presentará antes del
31 de marzo de 2026.
Madrid, 19 de febrero de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.
cve: BOE-B-2025-6952
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250008439-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X