Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-3763)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26205

Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de seguridad ciudadana; la promoción de las condiciones para el
ejercicio de los derechos fundamentales, en particular la libertad y seguridad personales,
en los términos establecidos en la Constitución Española y en las leyes que los
desarrollen; el mando superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado; las competencias que le encomienda la legislación sobre
seguridad privada; las que le atribuye la legislación en materia de extranjería; el régimen
de protección internacional de refugiados, el régimen de apátridas y la protección a
desplazados; la administración y régimen de las instituciones penitenciarias; la realización
de las actuaciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio
de las competencias sobre protección civil; y las atribuidas en materia de tráfico,
seguridad vial y movilidad sostenible.
Finalmente, el artículo 149.1.30.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia
sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos
académicos y profesionales, normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la
Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes
públicos en esta materia.
Segundo.
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Madrid, aprobado
por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que corresponde
a la Comunidad de Madrid la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la
enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que
conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las
facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la
Alta Inspección para su cumplimiento y garantía.
Por su parte, la Universidad Politécnica de Madrid goza de autonomía, de acuerdo
con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha
autonomía comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras
universidades, instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público, Administraciones
Públicas o empresas y entidades locales, nacionales e internacionales, con el objeto de
desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
Tercero.

Cuarto.
Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios y otras normas complementarias que puedan resultar de aplicación.

cve: BOE-A-2025-3763
Verificable en https://www.boe.es

Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación en el desarrollo
de un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas,
en el Ministerio del Interior que les permitan a los mismos aplicar y complementar
los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición
de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten
su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.