Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-3674)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de Galicia y la Universidad de A Coruña, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25240
con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma de Galicia.
Por un lado, la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia se
compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio,
así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad de A Coruña se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad de A
Coruña que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de A Coruña que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad Autónoma de Galicia
estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal
donde se realicen las prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de
disponibilidad, en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas
situaciones o, en su caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido
y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad de A Coruña o concesión
de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando una
autorización de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados
por la universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a
las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser
concurrentes:
a) Prácticas curriculares: son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
cve: BOE-A-2025-3674
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25240
con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma de Galicia.
Por un lado, la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia se
compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio,
así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad de A Coruña se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad de A
Coruña que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de A Coruña que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad Autónoma de Galicia
estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal
donde se realicen las prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de
disponibilidad, en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas
situaciones o, en su caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido
y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad de A Coruña o concesión
de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando una
autorización de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados
por la universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a
las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser
concurrentes:
a) Prácticas curriculares: son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
cve: BOE-A-2025-3674
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Segunda.