Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3680)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25301
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
3680
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Alicante.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Alicante un convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de febrero de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Alicante
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Alicante, a diecisiete de febrero del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias, y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña María del Mar Rodríguez Martínez, Presidenta del Colegio
Territorial de Administradores de Fincas de Alicante, elegida en el proceso electoral
de 28 de junio de 2022, cuya representación ostenta al amparo del artículo 21 de los
Estatutos del Colegio, inscritos en su última modificación en el Registro de Colegios
Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunidad Valenciana por
Resolución de 5 de febrero de 2020, de la Directora General de Modernización y
Relaciones con la Administración de Justicia (DOGV de 17 de febrero).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que
se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-3680
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25301
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
3680
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Alicante.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Alicante un convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de febrero de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Alicante
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Alicante, a diecisiete de febrero del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias, y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña María del Mar Rodríguez Martínez, Presidenta del Colegio
Territorial de Administradores de Fincas de Alicante, elegida en el proceso electoral
de 28 de junio de 2022, cuya representación ostenta al amparo del artículo 21 de los
Estatutos del Colegio, inscritos en su última modificación en el Registro de Colegios
Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunidad Valenciana por
Resolución de 5 de febrero de 2020, de la Directora General de Modernización y
Relaciones con la Administración de Justicia (DOGV de 17 de febrero).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que
se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-3680
Verificable en https://www.boe.es
Primero.