Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3686)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3, de 6,7 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Extresol 3, de 49,9 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25346
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
3686
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3,
de 6,7 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar
existente Extresol 3, de 49,9 MW de potencia instalada, y parte de su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz».
Antecedentes de hecho
1.
Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni con espacios pertenecientes a la Red de Espacios
Naturales Protegidos de Extremadura. El espacio más cercano es la Zona de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) ES0000398 «Llanos y Complejo Lagunar de la
Albuera» a 1,75 km al noreste del vallado de la planta Extresol 3. Parte de esta ZEPA
cve: BOE-A-2025-3686
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 12 de noviembre de 2024, tiene entrada en esta Dirección General
solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del
proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3, de 6,7 MW de potencia instalada,
para su hibridación con la planta termosolar existente Extresol 3 de 49,9 MW de potencia
instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz», en el
término municipal Torre de Sesmero, promovido por Extresol 3, SLU, al amparo del
artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras su análisis, se verifica que el expediente reúne los requisitos para acogerse a la
tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto consiste en la construcción de una planta fotovoltaica de 6,7 MW de
potencia instalada, con una superficie de afección de 14,84 ha y una longitud de vallado
de 1,79 km. La planta hibridará con la planta termosolar existente Extresol 3,
de 49,9 MW de potencia instalada, originando una instalación híbrida eléctrica de origen
renovable de 56,6 MW de potencia instalada.
Esta energía será evacuada por una línea subterránea a 11 kV de 2,75 km de longitud
desde el centro de transformación hasta el centro de seccionamiento de la planta
fotovoltaica (CS PSFV Extresol 3) adyacente a la subestación existente SET Extresol 3 de
relación de transformación 66 kV/11 kV de la planta termosolar Extresol 3, con la que
conectará. En la línea subterránea, existirá un centro de seccionamiento intermedio (CS-I).
Actualmente, la SET Extresol 3 evacúa la energía de la planta termosolar en el Nudo
propiedad de EDistribución de la Subestación «SE Vaguadas 220 KV». Las obras tendrán
una duración aproximada de ocho meses y la vida útil de la planta fotovoltaica se estima
en treinta años.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del
real decreto-ley, son los siguientes:
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25346
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
3686
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3,
de 6,7 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar
existente Extresol 3, de 49,9 MW de potencia instalada, y parte de su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz».
Antecedentes de hecho
1.
Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni con espacios pertenecientes a la Red de Espacios
Naturales Protegidos de Extremadura. El espacio más cercano es la Zona de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) ES0000398 «Llanos y Complejo Lagunar de la
Albuera» a 1,75 km al noreste del vallado de la planta Extresol 3. Parte de esta ZEPA
cve: BOE-A-2025-3686
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 12 de noviembre de 2024, tiene entrada en esta Dirección General
solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del
proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3, de 6,7 MW de potencia instalada,
para su hibridación con la planta termosolar existente Extresol 3 de 49,9 MW de potencia
instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz», en el
término municipal Torre de Sesmero, promovido por Extresol 3, SLU, al amparo del
artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras su análisis, se verifica que el expediente reúne los requisitos para acogerse a la
tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto consiste en la construcción de una planta fotovoltaica de 6,7 MW de
potencia instalada, con una superficie de afección de 14,84 ha y una longitud de vallado
de 1,79 km. La planta hibridará con la planta termosolar existente Extresol 3,
de 49,9 MW de potencia instalada, originando una instalación híbrida eléctrica de origen
renovable de 56,6 MW de potencia instalada.
Esta energía será evacuada por una línea subterránea a 11 kV de 2,75 km de longitud
desde el centro de transformación hasta el centro de seccionamiento de la planta
fotovoltaica (CS PSFV Extresol 3) adyacente a la subestación existente SET Extresol 3 de
relación de transformación 66 kV/11 kV de la planta termosolar Extresol 3, con la que
conectará. En la línea subterránea, existirá un centro de seccionamiento intermedio (CS-I).
Actualmente, la SET Extresol 3 evacúa la energía de la planta termosolar en el Nudo
propiedad de EDistribución de la Subestación «SE Vaguadas 220 KV». Las obras tendrán
una duración aproximada de ocho meses y la vida útil de la planta fotovoltaica se estima
en treinta años.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del
real decreto-ley, son los siguientes: