Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3696)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Unión de Editoriales Españolas y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., para la colaboración en el procedimiento de evaluación para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Lunes 24 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 25449

competencias atribuidas en escritura pública, otorgada el día 7 de mayo de 2024, ante el
Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José María Mateos Salgado, con el
número 3.572 de su protocolo.
Todas las partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, subscriben en
nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto,
EXPONEN
– Que las partes suscribieron el 13 de febrero de 2023, un convenio (en adelante el
convenio) para establecer la colaboración entre ellas en el procedimiento de evaluación
para la obtención del Sello de Calidad en Edición Académica que fue inscrito en el
REOICO el 14 de febrero de 2023, comenzando su eficacia en dicha fecha de
conformidad con la cláusula séptima del convenio. y posteriormente publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE) de 3 de marzo de 2023,
– Que en el propio convenio se establece expresamente en la cláusula séptima que,
antes de su vencimiento, podrá ser objeto de prórroga de conformidad con el
artículo 49.h.2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
– Que debido al éxito de la colaboración, y estando próxima la fecha de finalización
de la vigencia, prevista para el 14 de febrero de 2025, es voluntad de las Partes proceder
a la prórroga del convenio por otro periodo adicional de dos (2) años, es decir, hasta
el 15 de febrero de 2027..
Y, en consecuencia, las partes intervinientes manifiestan su voluntad de firmar la
presente prórroga al convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga del convenio.

Las Partes, por medio de la presente Prórroga, acuerdan prorrogar la duración del
convenio suscrito el 13 de febrero de 2023, y publicado en el BOE de 3 de marzo
de 2023, por un periodo de dos (2) años, a contar desde la finalización del periodo
inicialmente acordado para el mismo conforme a su cláusula séptima es decir, desde el
próximo 15 de febrero de 2025 hasta el 15 de febrero de 2027.
Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y deberá ser inscrita en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal. Asimismo, será publicada en el BOE.
Segunda.

Subsistencia del resto del convenio.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio, a un solo efecto,
en el lugar y en las fechas de firma, tomándose como fecha de formalización el 13 de
febrero de 2025.–Por la Unión de Editoriales Universitarias Españolas, María Isabel
Cabrera García.–Por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación,
Pilar Paneque Salgado.–Por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología,
Izaskun Lacunza Aguirrebengoa.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-3696
Verificable en https://www.boe.es

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.