Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2025-3649)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 23 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Lunes 24 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 25062

«Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado
su exclusión u omisión en las listas de admitidos.
Las subsanaciones de las causas de exclusión se deberán realizar exclusivamente a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General,
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef.
Para la subsanación de una posible omisión, se deberá remitir un correo electrónico
a oposiciones@miteco.es.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse y posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo
que no figuran en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres figuran en la
relación de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello
sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas
selectivas.
Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, éstas se
expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta
resolución.
Tercero.
Ampliar el plazo para la realización del primer ejercicio, previsto en la base
específica 7 de la convocatoria, hasta la fecha indicada en el siguiente apartado de esta
resolución, atendiendo al número de solicitudes recibidas y a la necesidad de organizar
el primer ejercicio de forma descentralizada y en fecha coincidente con el primer ejercicio
de las convocatorias de procesos selectivos de las otras Escalas de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Cuarto.

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Madrid, 13 de febrero de 2025.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, Miguel González Suela.

cve: BOE-A-2025-3649
Verificable en https://www.boe.es

Convocar a los aspirantes admitidos, para la realización del primer ejercicio de la
fase de oposición, el día 31 de mayo de 2025 a las 9:30 horas, hora peninsular (8:30
horas, hora insular canaria), en la capital de la provincia de examen elegida por cada uno
de ellos en su solicitud y que se cita en las listas que se aprueban y publican con esta
resolución. El lugar exacto de realización del ejercicio para cada una de estas
localidades se publicará con las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.
Los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad o
pasaporte y del justificante de la presentación de la solicitud.