Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3608)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización de regadíos del «Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos» incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Sábado 22 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 24894

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente
Adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 30 de noviembre de 2023, se formalizó el Convenio entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras
Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización de regadíos del «Plan para la
mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos» incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase III, con el
objeto de definir las actuaciones de cada una de las partes en relación con las obras de
modernización declaradas de interés general y cuya ejecución encarga el MAPA a
SEIASA. Dicho convenio adquirió eficacia tras la inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 1 de diciembre de 2023
y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 9 de diciembre de 2023.
Segundo.
De acuerdo con la cláusula cuarta, apartado C) Compromisos de las partes en caso
de reprogramación de actuaciones, si alguna actuación encargada a SEIASA y dotada
del correspondiente capital no se pudiera realizar, será necesario que el MAPA, a
propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria, reprograme nuevas actuaciones mediante una Adenda al convenio
suscrito, siguiendo los mismos trámites que la aprobación del convenio.
Asimismo, en la cláusula decimosexta se establece que «la Comisión técnica de
seguimiento y evaluación podrá proponer iniciar el procedimiento de modificación de este
convenio mediante la suscripción de la correspondiente adenda modificativa que deberá
ser formalizada con anterioridad a su fecha de finalización, previo cumplimiento de todos
los trámites y requisitos que resulten preceptivos de conformidad con las disposiciones
normativas aplicables».
Tercero.
La Comunidad de Regantes de Lalueza ha manifestado su intención de desistir de
llevar a cabo la actuación indicada a continuación. Por ello, desde la Dirección General
de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, al amparo de lo dispuesto
en el apartado C) de la cláusula cuarta, se propone la desprogramación de:
Provincia

PROYECTO DE MEJORA DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES DE LALUEZA (HUESCA).

Presupuesto

Euros

16.900.000,00

Cuarto.
Por otra parte, se ha puesto de manifiesto que la actuación de «Mejora de la
capacidad de regulación y almacenamiento de agua desalada en la Comunidad de
Usuarios de Aguas de la Comarca de Níjar (Almería)» requerirá de más fondos que los
inicialmente previstos. Con el fin de lograr la modernización completa de la actuación
planteada, la Comisión técnica de seguimiento y evaluación, en virtud de la cláusula

cve: BOE-A-2025-3608
Verificable en https://www.boe.es

Huesca.

Actuación