Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-3496)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 24205
Se considerará documentación suficiente la Hoja de Servicios o Informe de Vida
Laboral; junto a una declaración jurada de la veracidad del resto de los méritos alegados.
f) Documentos y certificados que acrediten los méritos preferentes (apartado 6 del
baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «6.Méritos_preferentes.pdf».
Se considerará documentación suficiente la Hoja de Servicios o Informe de Vida
Laboral; junto a una declaración jurada de la veracidad del resto de los méritos alegados.
Se presumirá la veracidad de los méritos y competencias alegados en la solicitud, si
bien se podrá solicitar la documentación que se considere necesaria para justificar los
méritos alegados, a criterio de las comisiones.
Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo
y medios que requieran para la realización de los ejercicios de las presentes pruebas
selectivas en que esta adaptación sea necesaria. Quienes tengan la condición de
personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la
compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que
aspiran.
3.3 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Salamanca en concepto de –Derechos de examen de plazas de Personal Docente e
Investigador Funcionario– indicando el código de la plaza a la que concursa, 65 euros, que
ingresarán en la cuenta del Banco de Santander número ES08 0049 1843 4929 1018 6498.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Documentación de los concursantes:
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
cve: BOE-A-2025-3496
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 24205
Se considerará documentación suficiente la Hoja de Servicios o Informe de Vida
Laboral; junto a una declaración jurada de la veracidad del resto de los méritos alegados.
f) Documentos y certificados que acrediten los méritos preferentes (apartado 6 del
baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «6.Méritos_preferentes.pdf».
Se considerará documentación suficiente la Hoja de Servicios o Informe de Vida
Laboral; junto a una declaración jurada de la veracidad del resto de los méritos alegados.
Se presumirá la veracidad de los méritos y competencias alegados en la solicitud, si
bien se podrá solicitar la documentación que se considere necesaria para justificar los
méritos alegados, a criterio de las comisiones.
Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo
y medios que requieran para la realización de los ejercicios de las presentes pruebas
selectivas en que esta adaptación sea necesaria. Quienes tengan la condición de
personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la
compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que
aspiran.
3.3 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Salamanca en concepto de –Derechos de examen de plazas de Personal Docente e
Investigador Funcionario– indicando el código de la plaza a la que concursa, 65 euros, que
ingresarán en la cuenta del Banco de Santander número ES08 0049 1843 4929 1018 6498.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos
establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y
Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La
condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la citada ley.
d) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia
de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Documentación de los concursantes:
3.4.1 Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes los documentos que acrediten
los requisitos de participación que se determinan en la presente convocatoria. Su no
aportación en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido
al efecto determinará la exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será
subsanable y determinará la exclusión.
cve: BOE-A-2025-3496
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Núm. 45