Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3540)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se estima el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional relativa al Convenio colectivo de Verallia Spain, SA, -Fábricas-.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24513
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3540
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se
estima el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional
relativa al Convenio colectivo de Verallia Spain, SA, -Fábricas-.
Visto el fallo de la Sentencia número 40/2025, de fecha 20 de enero de 2025, dictada
por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo –recurso de casación n.º 99/2024–, que
estima el recurso de casación interpuesto por la empresa Verallia Spain, SA –Fábricas–
contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 4/2024, de 22 de
enero, en los Autos n.º 280/2023, relativa al Convenio colectivo de la empresa Verallia
Spain, SA –Fábricas– para el periodo 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre
de 2024 (código de convenio n.º 90006611011988),
Y teniendo en consideración los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Con fecha 27 de noviembre de 2022 se procedió a la inscripción en el Registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección
General de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, del Convenio
colectivo la empresa Verallia Spain, SA –Fábricas– (código de convenio
n.º 90006611011988), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de
diciembre de 2022.
Segundo.
El día 23 de abril de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la antecitada
Sentencia 4/2024, de 22 de enero (procedimiento 280/2023), de la Sala de lo Social de la
Audiencia Nacional, que declaró la nulidad parcial del artículo 49 del mencionado
Convenio colectivo, titulado «Incentivo de mejora».
El día 6 de febrero de 2025 ha tenido entrada en el Ministerio la antecitada Sentencia
de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 20 de enero de 2025, en cuyo fallo se
acuerda estimar el recurso de casación interpuesto por Verallia Spain, SA, contra la
reiterada Sentencia 4/2024, de 22 de enero, de la Audiencia Nacional, y casar y anular
esta sentencia, así como desestimar la demanda interpuesta por la Confederación
General del Trabajo (CGT) contra la empresa Verallia Spain, SA., a la que se adhirieron
la Federación de Industria, Construcción y Agro de la Central Sindical Unión General de
Trabajadores (FICA-UGT) y la Federación de Industria de Comisiones Obreras, y
declarar la no nulidad del artículo 49 del Convenio colectivo de Verallia Spain, SA, que
regula el incentivo de mejora, porque es lícito establecer un plus salarial para combatir el
absentismo que tenga en cuenta las ausencias al trabajo no justificadas o que no
constituyan uno de los factores de discriminación prohibidos, sin perjuicio de que, al
interpretar y aplicar ese precepto, además de las ausencias que se mencionan
expresamente en el convenio colectivo se excluyan también las que son discriminatorias.
cve: BOE-A-2025-3540
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24513
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3540
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se
estima el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional
relativa al Convenio colectivo de Verallia Spain, SA, -Fábricas-.
Visto el fallo de la Sentencia número 40/2025, de fecha 20 de enero de 2025, dictada
por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo –recurso de casación n.º 99/2024–, que
estima el recurso de casación interpuesto por la empresa Verallia Spain, SA –Fábricas–
contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 4/2024, de 22 de
enero, en los Autos n.º 280/2023, relativa al Convenio colectivo de la empresa Verallia
Spain, SA –Fábricas– para el periodo 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre
de 2024 (código de convenio n.º 90006611011988),
Y teniendo en consideración los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Con fecha 27 de noviembre de 2022 se procedió a la inscripción en el Registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección
General de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, del Convenio
colectivo la empresa Verallia Spain, SA –Fábricas– (código de convenio
n.º 90006611011988), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de
diciembre de 2022.
Segundo.
El día 23 de abril de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la antecitada
Sentencia 4/2024, de 22 de enero (procedimiento 280/2023), de la Sala de lo Social de la
Audiencia Nacional, que declaró la nulidad parcial del artículo 49 del mencionado
Convenio colectivo, titulado «Incentivo de mejora».
El día 6 de febrero de 2025 ha tenido entrada en el Ministerio la antecitada Sentencia
de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 20 de enero de 2025, en cuyo fallo se
acuerda estimar el recurso de casación interpuesto por Verallia Spain, SA, contra la
reiterada Sentencia 4/2024, de 22 de enero, de la Audiencia Nacional, y casar y anular
esta sentencia, así como desestimar la demanda interpuesta por la Confederación
General del Trabajo (CGT) contra la empresa Verallia Spain, SA., a la que se adhirieron
la Federación de Industria, Construcción y Agro de la Central Sindical Unión General de
Trabajadores (FICA-UGT) y la Federación de Industria de Comisiones Obreras, y
declarar la no nulidad del artículo 49 del Convenio colectivo de Verallia Spain, SA, que
regula el incentivo de mejora, porque es lícito establecer un plus salarial para combatir el
absentismo que tenga en cuenta las ausencias al trabajo no justificadas o que no
constituyan uno de los factores de discriminación prohibidos, sin perjuicio de que, al
interpretar y aplicar ese precepto, además de las ausencias que se mencionan
expresamente en el convenio colectivo se excluyan también las que son discriminatorias.
cve: BOE-A-2025-3540
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.