Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-3409)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23769

Décima. Vigencia y revisión del convenio.
El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes, y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su
publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma firmante.
El presente convenio permanecerá vigente cuatro años, iniciándose dicha vigencia
el 1 de enero de 2025 y prolongándose dicha vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028,
previa inscripción del convenio en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, sin que se prevea la prórroga de
este convenio.
El contenido del presente convenio podrá ser objeto de revisión y modificación que
requerirá el acuerdo unánime de los firmantes. Toda modificación del convenio deberá
formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y
previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Undécima.

Jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como a las normas de derecho administrativo, los principios de
buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Corresponderá a los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa conocer
de las controversias que no puedan resolverse en el seno de la Comisión de
Seguimiento, vigilancia y control.

cve: BOE-A-2025-3409
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio.–Por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Directora General, M.ª del Carmen Armesto
González-Rosón.–Por la Universidad de Alcalá, la Vicerrectora de Posgrado, Formación
Permanente y Extensión Universitaria, Margarita Vallejo Girvés.–Por la Comunidad
Autónoma de Cantabria, el Consejero de Salud, César Pascual Fernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X