Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-3409)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23761

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
3409

Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria,
para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos
asistenciales en la modalidad on-line.

Con fecha 19 de diciembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto
Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Universidad de Alcalá (UAH), y la Comunidad
Autónoma de Cantabria para la realización de un curso de incapacidad temporal para
médicos asistenciales en la modalidad on-line, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 13 de febrero de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS),
LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH), Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
CANTABRIA, PARA LA REALIZACIÓN DE UN CURSO DE INCAPACIDAD
TEMPORAL PARA MÉDICOS ASISTENCIALES EN LA MODALIDAD ON-LINE

De una parte: doña M.ª del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 131/2020, de 21
de enero, actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las
competencias que le atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de
diciembre, modificado por el Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, y por el Real
Decreto 496/2020, de 28 de abril.
De otra parte: doña Margarita Vallejo Girvés, Vicerrectora de Posgrado, Formación
Permanente y Extensión Universitaria de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH),
con CIF Q2818018J y domicilio en Plaza de San Diego s/n, 28801 Alcalá de Henares
(Madrid), en nombre y representación de la misma y en ejercicio de las competencias
que le son delegadas por el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, mediante
Resolución de fecha 29 de marzo de 2022, publicada en el BOCM de 21 de abril de 2022
(Resolución del Rector sobre delegación de competencias en diversos órganos de
gobierno unipersonales de esta Universidad). El artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, atribuye al Rector o Rectora las funciones de
dirección, gobierno y gestión de la universidad y la representación de esta.
De otra parte: don César Pascual Fernández, Consejero de Salud y presidente de la
Fundación Marqués de Valdecilla, Medio Propio, actuando en nombre y representación
de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud del Decreto 7/2023, de 7 de julio
(BOC extraordinario número 52, de 7 de julio de 2023).

cve: BOE-A-2025-3409
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