Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-3392)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la utilización de la aplicación informática Serena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23665

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3392

Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, para la utilización de la aplicación informática Serena.

Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la comunidad
autónoma de las Islas Baleares para la utilización de la aplicación informática Serena, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 12 de febrero de 2025.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears para la utilización de la aplicación informática
Serena
Madrid, 11 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte: la Excma. Sra. doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de
Vicepresidenta Segunda del Gobierno nombrada por el Real Decreto 832/2023, de 20 de
noviembre, y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud
del artículo 61,K) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Y de otra parte, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, representada por don
Alejandro Sáenz de San Pedro García en su condición de Consejero de Empresa, Empleo y
Energía del Govern de las Illes Balears, nombrado por Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la
presidenta de las Illes Balears, (BOIB núm. 94, de 10 de julio de 2023), facultado para la
firma del presente convenio en virtud de los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 80 de la Ley 3/2003,
de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears, autorizada la firma mediante el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del
presidente de las Illes Balears mediante el que se delega en los titulares de las consejerías
la firma de los convenios de colaboración y los acuerdos de cooperación (BOIB núm. 166,
de 29 de noviembre de 2003).

EXPONEN
La disposición adicional segunda del Reglamento de los procedimientos de despido
colectivo y de suspensión de contratos y de reducción de jornada, aprobado por el Real
Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, modificada por el Real Decreto 608/2023, de 11 de
julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del
Empleo, ordena el desarrollo y mantenimiento por el Ministerio de Trabajo y Economía

cve: BOE-A-2025-3392
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir