Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2025-3398)
Resolución de 11 de febrero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de febrero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 15 de agosto de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23690

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
3398

Resolución de 11 de febrero de 2025, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4
de febrero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento
de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el
15 de agosto de 2024.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de febrero de 2025, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, el 15 de agosto de 2024.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 11 de febrero de 2025.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión
de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea
iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 15 de agosto de 2024,
correspondiente a la exclusión de la financiación de la Unión Europea
de los gastos efectuados por los Estados miembros con cargo
a los fondos FEAGA y Feader

De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como competente en la
gestión y control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición
adicional quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar
a la liquidación realizada sobre la deuda contraída de ciento setenta mil setenta y cinco
euros con setenta y dos céntimos (170.075,72 euros) que son con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA).
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, se declarará extinguida cuando ésta proceda al abono del importe de
la misma en la cuenta habilitada del Banco de España, así como de los intereses
compensatorios correspondientes, generados durante el período de pago voluntario por

cve: BOE-A-2025-3398
Verificable en https://www.boe.es

Primero.