Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-3321)
Decreto de 10 de febrero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de los Servicios Especializados de las Personas con Discapacidad y Mayores en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a don Fernando Laserna Cocina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. II.A. Pág. 23395

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO FISCAL
3321

Decreto de 10 de febrero de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que
se nombra Fiscal Delegado de los Servicios Especializados de las Personas
con Discapacidad y Mayores en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias a don Fernando Laserna Cocina.

El día 16 de enero de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía
General del Estado escrito de la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad
Autónoma del Principado de Asturias proponiendo el nombramiento de don Fernando
Laserna Cocina como Fiscal Delegado de los Servicios Especiales de las Personas con
Discapacidad y Mayores.
Hechos
La Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias dada la vacante existente en la delegación de los Servicios Especializados de
las Personas con Discapacidad y Mayores comunicó a todos los miembros de la plantilla
que quien estuviera interesado en la delegación debería formular la correspondiente
petición. El cargo fue solicitado por doña Rosa María Álvarez García y don Fernando
Laserna Cocina ambos presentaron su curriculum vitae y tienen acreditada experiencia y
formación.
La propuesta de nombramiento de don Fernando Laserna Cocina ha sido elevada
por la Fiscal Superior, con fecha 17 de enero de 2025, a la Fiscalía General del Estado,
destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.
Mediante escrito de fecha 28 de enero de 2025 la Fiscal de Sala de los Servicios
Especializados de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía General del
Estado no formuló objeción a su designación (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF). El
Consejo Fiscal informó en igual sentido (artículo 62. 2. párrafo tercero RMF).
Fundamentos

El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscales
Delegados Especialistas, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y,
en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía
General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de
Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la
plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los
méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la
especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los Fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).

cve: BOE-A-2025-3321
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Primero.