Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-3281)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 16 de enero de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Miércoles 19 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23279

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
3281

Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 16 de enero de
2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación
con la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión
de Emergencias de Aragón.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 22 de enero de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con la
Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de
Emergencias de Aragón

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con los artículos 65 y 72 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del
Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, ambas partes
consideran solventadas las mismas conforme al siguiente acuerdo:
En relación a las controversias suscitadas en torno a los apartados 4 y 1 de los
artículos 65 y 72, respectivamente de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de
Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, ambas partes convienen que
dichos apartados deben interpretarse y aplicarse de conformidad con la normativa básica
estatal en materia de contratación que regula la tramitación de urgencia y emergencia,
siendo necesario que se cumplan los supuestos habilitantes y condiciones previstos en
ella, que, en todo caso, el órgano de contratación deberá valorar y justificar caso por
caso.
II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de Aragón».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–
La Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia, M.ª del Mar Vaquero
Perianez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-3281
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La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente
acuerdo: