Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-3278)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Huelva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Miércoles 19 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 23210

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
3278

Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Huelva,
por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares
del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el Puerto de
Huelva.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión de
fecha 19 de diciembre de 2024, a la vista del Informe-Propuesta redactado por la
Dirección, elevado por la Presidencia a la consideración del Consejo, en el que se deja
constancia de la tramitación sustanciada en el correspondiente expediente
administrativo, al que queda referido el presente Acuerdo en lo que respecta a su
motivación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en el que queda acreditado, ente otras
cuestiones, la actuación del Comité de Servicios Portuarios del Puerto de Huelva en
relación con la propuesta del Pliego de Prescripciones Particulares de Amarre y
Desamarre de Buques, así como el resultado del Trámite de Audiencia correspondiente y
la emisión del preceptivo informe con carácter favorable por parte del Organismo Público
Puertos del Estado con fecha 15 de diciembre de 2024, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 113 del citado texto refundido, en materia de Pliegos de Prescripciones
Particulares de los servicios portuarios, considerando la tramitación realizada suficiente y
correcta, adopta por unanimidad el siguiente acuerdo:
1. Aprobar el Pliego de Prescripciones Particulares para la Prestación del Servicio
Portuario de Amarre y Desamarre de Buques en el Puerto de Huelva, que se adjunta.
2. Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las presentes Prescripciones
Particulares y su acuerdo de aprobación, según lo estipulado en el Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
El presente acuerdo se emite con anterioridad a la aprobación del Acta de la sesión
en la que se ha adoptado, lo que se hace constar a los efectos previstos en el
artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Notifíquese a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y 41 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Huelva, 20 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Huelva,
Manuel Alberto Santana Martínez.

ÍNDICE
Sección I.

Objeto y definición del servicio.

Prescripción 1.ª
Prescripción 2.ª
Prescripción 3.ª

Objeto y fundamento legal.
Definición del servicio.
Ámbito geográfico.

cve: BOE-A-2025-3278
Verificable en https://www.boe.es

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES PARTICULARES DEL SERVICIO PORTUARIO
DE AMARRE Y DESAMARRE EN EL PUERTO DE HUELVA