Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-3152)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 22662

10.4 La toma de posesión de las personas aspirantes aprobadas será efectuada en
el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el
«Diario Oficial de Extremadura».
11.

Normas finales

11.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal,
sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado
para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como
para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas
selectivas.
11.2 Las presentes bases vinculan a la Universidad de Extremadura y al Tribunal de
Selección que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las
mismas.
11.3 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y
de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma
establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Contra esta resolución podrá interponerse por
las personas interesadas recurso contencioso–administrativo en el plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa,
sin perjuicio de que, alternativamente, se pueda presentar recurso de reposición contra
esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso
no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo, anteriormente citado, en tanto
recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 7 de febrero de 2025.–El Gerente, Juan Francisco Panduro López.

cve: BOE-A-2025-3152
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Núm. 42