Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2025-3160)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22701

artículo 35 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las
servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real
Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés
general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación de este acto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o,
alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la Directora de AESA, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes contado a partir del día siguiente a la publicación de este acto.
Madrid, 24 de enero de 2025.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, Montserrat Mestres Doménech.
ANEXO I
Listado de municipios exentos de solicitar acuerdo previo de autorización en
materia de servidumbres aeronáuticas
Listado de términos municipales afectados por las servidumbres aeronáuticas
establecidas para el aeropuerto de A Coruña, según el Real Decreto 360/2024, de 2 de
abril, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de
A Coruña, que quedarían exentos de solicitar acuerdo previo de autorización en materia
de servidumbres aeronáuticas, de conformidad con el artículo 31 del Real
Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas
de protección de la navegación aérea; siempre que la altura de los elementos sea menor
o igual a 45 metros de altura y se cumplan todos los puntos del condicionado.
Provincia

Municipio

A Coruña. Abegondo.
A Coruña. Bergondo.
A Coruña. Fene.
A Coruña. Miño.
A Coruña. Mugardos.
A Coruña. Narón.
A Coruña. Neda.
A Coruña. Oza-Censuras.
A Coruña. Pontedeume.
cve: BOE-A-2025-3160
Verificable en https://www.boe.es

A Coruña. San Saturniño.
A Coruña. Valdoviño.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X