Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-3148)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Martes 18 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 22611

d) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.
e) Junto con la instancia de participación, los aspirantes deberán entregar la
declaración responsable que se menciona en la base 2.1.d).
El correo electrónico aportado en la solicitud se podrá utilizar a efectos de
comunicación con los interesados.
3.2 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Complutense de Madrid, la
cantidad de 31,10 Euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia
bancaria deberá ser efectuado en Banco Santander en la cuenta número
ES5000492196002014458913, indicando el número de concurso e incluyendo el texto
«Universidad Complutense. Derechos de examen».
A la solicitud deberá adjuntarse el justificante acreditativo del ingreso por el citado
concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.
4.
4.1

Admisión de aspirantes

Listas provisionales.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución,
en el plazo máximo de quince días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos. Dicha resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, se
publicará en la dirección de internet: https://www.ucm.es/funcionarios-de-carrera-2 del
Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador.
En dicha resolución, se señalará el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de su publicación, para subsanar el defecto que hubiera motivado la
exclusión u omisión. La subsanación se realizará mediante el mismo procedimiento
establecido para la presentación de instancias (Sede Electrónica de la UCM), aportando
la documentación requerida. De no producirse la subsanación en este plazo se tendrá al
interesado por desistido de su solicitud.
4.2

Listas definitivas.

Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta resolución se podrá
interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en
adelante LPACAP).
Comisiones

La composición de las comisiones es la que figura en el anexo II de esta
convocatoria.
Conforme a lo establecido en el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023 los
currículos de los miembros se encuentran publicados en la página web de la UCM
(https://www.ucm.es/funcionarios-de-carrera-2).
En lo relativo a las sustituciones, constitución y funcionamiento de las mismas se
estará a lo previsto en los artículos 6 y 7 de la RCA-UCM.
Las Comisiones deberán constituirse dentro de los tres meses siguientes a la fecha
de publicación de esta convocatoria en el BOE y después de la publicación de las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos. Para ello, el Presidente/a titular de cada
comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, dictará
resolución convocando a los titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto

cve: BOE-A-2025-3148
Verificable en https://www.boe.es

5.