Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y CooperaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-5706)
Extracto de la Resolución de 14 de febrero de 2025 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de Becas MAEC-AECID para ciudadanos de países de América Latina y Filipinas, 2025-2026: Programa MASTER.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 8647
Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en
castellano, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en
www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica. Antes de rellenar el formulario
telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la
sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de identificación y
notificación.
De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, a los interesados debidamente identificados
en la carpeta del ciudadano se les admitirá como firma de la solicitud el envío
telemático del formulario electrónico en el que conste de manera expresa su
voluntad y consentimiento.
Los solicitantes deberán adjuntar al formulario la documentación en formato
PDF conforme el apartado 3 de la resolución de la convocatoria.
De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre es obligatoria la
comunicación con la AECID utilizando sólo medios electrónicos.
Madrid, 14 de febrero de 2025.- La Presidenta de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Antón Leis García.
cve: BOE-B-2025-5706
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250006669-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 42
Martes 18 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 8647
Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en
castellano, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en
www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica. Antes de rellenar el formulario
telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la
sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de identificación y
notificación.
De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, a los interesados debidamente identificados
en la carpeta del ciudadano se les admitirá como firma de la solicitud el envío
telemático del formulario electrónico en el que conste de manera expresa su
voluntad y consentimiento.
Los solicitantes deberán adjuntar al formulario la documentación en formato
PDF conforme el apartado 3 de la resolución de la convocatoria.
De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre es obligatoria la
comunicación con la AECID utilizando sólo medios electrónicos.
Madrid, 14 de febrero de 2025.- La Presidenta de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Antón Leis García.
cve: BOE-B-2025-5706
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250006669-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X