Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-3056)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Auxiliares de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 21664

3.5 Las candidaturas deberán observar las siguientes instrucciones en el
cumplimiento de su solicitud:
a) En el recuadro de la solicitud destinado a «Escala», quienes solicitan indicarán
«Técnicos Auxiliares de Laboratorio (Campo Científico-Técnico)» o «Técnico Auxiliares
de Laboratorio (Campo Biomédico-Científico).
b) En el recuadro destinado a forma de acceso, se indicará «Acceso libre».
c) Quienes precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las
pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud,
deberán presentar dentro del plazo referido en la base 3.3.c) de la presente
convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesiten, así como
certificado médico acreditativo de la discapacidad. El Tribunal podrá recabar informe y,
en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
d) En el recuadro destino a «Datos a consignar según la convocatoria», indicarán la
adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo que, en su caso, se generen como
consecuencia del correspondiente procedimiento selectivo. A tal efecto, se establecerán
cuatro Bolsas de Trabajo para las localidades de: Cáceres (1), Badajoz (2), Mérida (3) y
Plasencia y Jarandilla de la Vera (4). Será obligatorio indicar, al menos, una localidad de
las referidas. La no indicación de ninguna localidad en la solicitud se entenderá como
realizada para las 4 bolsas.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el o la Gerente de la
Universidad de Extremadura dictará, por delegación del Rector o Rectora, resolución en
el plazo máximo de dos meses por la que se declarará aprobada la lista provisional de
aspirantes en situación de admisión o exclusión en las pruebas selectivas. Esta
resolución será publicada en el «Diario Oficial de Extremadura», junto con la relación de
personas aspirantes excluidas con indicación de la causa de exclusión.
4.2 Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren
en la relación de personas admitidas o excluidas, dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión. Quienes, dentro del plazo
señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos o incluidas en la relación de personas admitidas, quedarán definitivamente en
situación de exclusión para la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán
comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de personas
excluidas, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas
admitidas.
4.3 En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de
errores, la Gerencia publicará en el «Diario Oficial de Extremadura», la resolución por la
que se eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. En la misma se
determinará el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de
actuación de cada aspirante.
La citada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad, en el

cve: BOE-A-2025-3056
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Núm. 41