Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Operaciones de tesorería. (BOE-A-2025-3102)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de convocatoria de dos subastas de liquidez del Tesoro Público: operaciones de compraventa doble con vencimiento diario y operaciones de compraventa doble con vencimiento a plazo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Lunes 17 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 22292

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
3102

Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera, de convocatoria de dos subastas de liquidez del Tesoro
Público: operaciones de compraventa doble con vencimiento diario y
operaciones de compraventa doble con vencimiento a plazo.

La Orden ECE/417/2019, de 3 de abril, autoriza a la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional a realizar operaciones activas de gestión de la tesorería del
Estado con el fin de rentabilizar temporalmente los recursos de dicha tesorería. Estas
operaciones se han de concertar de modo ordinario mediante subasta convocada por
resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
En su virtud, dispongo:
1. Operaciones de compraventa doble con vencimiento diario
Primero.

Convocatoria.

Se convoca una subasta de liquidez para la concertación de operaciones de
adquisición temporal de activos con los siguientes detalles:
Fecha de celebración de la subasta Período de vigencia del resultado

Viernes, 21 de febrero

Del 26 de febrero al 9 de abril

Duración de las operaciones: Las operaciones se concertarán con vencimiento diario
durante los 42 días del período de vigencia del resultado de la subasta.
Segundo.

Términos y condiciones.

La subasta y las operaciones que se concierten estarán sometidas a lo dispuesto en
la Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, por la que se establecen las condiciones generales aplicables a las
convocatorias para la celebración de operaciones de adquisición temporal de activos y
depósitos a plazo.
Condiciones adicionales o especialidades.

El tipo de interés a percibir será variable, resultante de la suma del diferencial
ofertado por la entidad adjudicataria, que podrá ser positivo o negativo, y el tipo de
interés de referencia a corto plazo del euro, €STR.
La petición con tipo más elevada que presente cada entidad será, como mínimo, de
un dos por ciento del saldo subastado.
En el caso de convocarse una segunda vuelta de la subasta, podrán participar solo
las entidades que, habiendo participado previamente en la primera vuelta de la subasta,
hayan sido adjudicatarias en la misma, sin que resulte de aplicación el límite del dos por
ciento del saldo subastado establecido en la condición anterior para la primera vuelta.

cve: BOE-A-2025-3102
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.