Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-2988)
Orden PJC/152/2025, de 6 de febrero, por la que, en ejecución de sentencia, se deja sin efecto el destino otorgado a doña Flavia Morata Ortiz, por el concurso resuelto por Orden PJC/431/2024, de 24 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Lunes 17 de febrero de 2025

Sec. II.A. Pág. 21455

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2988

Orden PJC/152/2025, de 6 de febrero, por la que, en ejecución de sentencia,
se deja sin efecto el destino otorgado a doña Flavia Morata Ortiz, por el
concurso resuelto por Orden PJC/431/2024, de 24 de abril.

Vista la sentencia n.º 145/2024 dictada por el Juzgado Central ContenciosoAdministrativo n.º 5 en el recurso PA 109/2024 interpuesto por la funcionaria del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa doña Flavia Morata Ortiz, con
NIF ***3716** contra la Orden PJC/431/2024, de 24 de abril (BOE de 10 de mayo),
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes por la que se
resuelve definitivamente el concurso de traslados ordinario entre personal
funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio de la
Administración de Justicia, anunciado por Orden JUS/1102/2023, de 27 de
septiembre (BOE de 9 de octubre),
Este Ministerio acuerda lo siguiente:
Primero.
En ejecución de la sentencia indicada se deja sin efecto el nombramiento efectuado
a doña Flavia Morata Ortiz para el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 (VSM) de
La Bañeza (León) del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Segundo.
Se continúa el nombramiento de dicha funcionaria para el Cuerpo de Tramitación
Procesal y Administrativa en el Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, con todos los
efectos administrativos y económicos desde que se dictó la sentencia.
Tercero.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos. El plazo posesorio será retribuido por la Administración
competente respecto a la plaza a la que ha sido nombrada en cumplimiento de
sentencia.
Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

cve: BOE-A-2025-2988
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El cese en el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 (VSM) de La Bañeza (León)
se producirá dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente
Orden en el «Boletín Oficial del Estado», y la toma de posesión en el Juzgado de lo
Mercantil n.º 12 de Madrid se producirá en el plazo de veinte días hábiles siguientes a
dicho cese, al cambiar de Comunidad Autónoma.