Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-2982)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2840-2024, en relación con la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, aprobada por el artículo 71 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por posible vulneración del artículo 31.1 de la Constitución Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 21444
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2982
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2840-2024, en relación con la disposición
adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto
sobre Sociedades, aprobada por el artículo 71 de la Ley 6/2018, de 3 de julio,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por posible
vulneración del artículo 31.1 de la Constitución Española.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2840-2024
planteada por la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el procedimiento ordinario
núm. 1387-2022, en relación con la disposición adicional decimocuarta de la
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, aprobada por el
artículo 71 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2018, por posible vulneración del artículo 31.1 CE, y, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente
cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el procedimiento ordinario núm. 1387-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro
de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2025-2982
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de febrero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 21444
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2982
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2840-2024, en relación con la disposición
adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto
sobre Sociedades, aprobada por el artículo 71 de la Ley 6/2018, de 3 de julio,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por posible
vulneración del artículo 31.1 de la Constitución Española.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2840-2024
planteada por la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el procedimiento ordinario
núm. 1387-2022, en relación con la disposición adicional decimocuarta de la
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, aprobada por el
artículo 71 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2018, por posible vulneración del artículo 31.1 CE, y, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente
cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el procedimiento ordinario núm. 1387-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro
de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2025-2982
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de febrero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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