Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-5507)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediese, de ocupación definitiva de los bienes y/o derechos afectados por los procedimientos expropiatorios derivados de la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas en los términos municipales de Argamasilla de Alba y Tomelloso, EDAR de Argamasilla de Alba (Ciudad Real). Clave 04.313-0382/2111.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 8318
2
13019A099002010000QH
99
201
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
253,00
564,92
4
13019A099002030000QA
99
203
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
95,17
284,85
5
13019A099001990000QU
99
199
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
132,50
447,50
6
2615701VJ9321N0001UA
Calle del río
2
Urbano. Suelo Zona Verde
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
0,00
182,23
A dicho acto deberá comparecer personalmente y la documentación a
presentar en el levantamiento de actas será la siguiente:
- DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular
de la finca.
- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder
notarial, o bien un escrito de autorización firmado por el titular, junto con una
fotocopia de su DNI.
- En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca
una sola de ellas, habrá de adjuntarse la documentación señalada en el apartado
anterior, es decir, la referente a la representación válida.
- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien
figura en el acta previa de ocupación, deberá aportar nota simple del Registro de la
Propiedad en la que conste el polígono y parcela a expropiar, certificación del
Catastro, o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta,
donación o partición de herencia, etc.) en los que conste el nuevo/s titular/es. Los
afectados pueden hacerse acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estimasen oportuno.
Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del
expediente expropiatorio, los titulares expropiados deben aportar el modelo del
Tesoro Público de Designación de Cuenta Bancaria cumplimentado formalmente
con sus datos bancarios.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que
se consideren perjudicados formulen por escrito reclamaciones ante el señor
Director Técnico de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana —avenida
Sinforiano Madroñero número 12, 06011 Badajoz— en el plazo de veinte días
hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente nota-extracto en el
Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real, y en cuyo plazo y durante las horas
hábiles de oficina se dará vista del mencionado Proyecto en los locales de esta
Confederación en Ciudad Real, carretera de Porzuna número 6, 13071 Ciudad
Real.
Badajoz, 10 de febrero de 2025.- Director General del Agua, P.D. el Presidente
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (Orden TED/533/2021, de 20 de
mayo), Samuel Moraleda Ludeña.
ID: A250006104-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-5507
Verificable en https://www.boe.es
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de
26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por
escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.
Núm. 41
Lunes 17 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 8318
2
13019A099002010000QH
99
201
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
253,00
564,92
4
13019A099002030000QA
99
203
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
95,17
284,85
5
13019A099001990000QU
99
199
MM - Pinar Maderable
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
132,50
447,50
6
2615701VJ9321N0001UA
Calle del río
2
Urbano. Suelo Zona Verde
AYUNTAMIENTO DE
ARGAMASILLA DE ALBA
0,00
0,00
182,23
A dicho acto deberá comparecer personalmente y la documentación a
presentar en el levantamiento de actas será la siguiente:
- DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular
de la finca.
- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder
notarial, o bien un escrito de autorización firmado por el titular, junto con una
fotocopia de su DNI.
- En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca
una sola de ellas, habrá de adjuntarse la documentación señalada en el apartado
anterior, es decir, la referente a la representación válida.
- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien
figura en el acta previa de ocupación, deberá aportar nota simple del Registro de la
Propiedad en la que conste el polígono y parcela a expropiar, certificación del
Catastro, o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta,
donación o partición de herencia, etc.) en los que conste el nuevo/s titular/es. Los
afectados pueden hacerse acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo
estimasen oportuno.
Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del
expediente expropiatorio, los titulares expropiados deben aportar el modelo del
Tesoro Público de Designación de Cuenta Bancaria cumplimentado formalmente
con sus datos bancarios.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que
se consideren perjudicados formulen por escrito reclamaciones ante el señor
Director Técnico de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana —avenida
Sinforiano Madroñero número 12, 06011 Badajoz— en el plazo de veinte días
hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente nota-extracto en el
Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real, y en cuyo plazo y durante las horas
hábiles de oficina se dará vista del mencionado Proyecto en los locales de esta
Confederación en Ciudad Real, carretera de Porzuna número 6, 13071 Ciudad
Real.
Badajoz, 10 de febrero de 2025.- Director General del Agua, P.D. el Presidente
de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (Orden TED/533/2021, de 20 de
mayo), Samuel Moraleda Ludeña.
ID: A250006104-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-5507
Verificable en https://www.boe.es
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de
26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por
escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.