Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2963)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga del Convenio con la Asociación Libre para la Educación Personalizada y Humana de los Trastornos del Espectro Autista, para el desarrollo de prácticas formativas con apoyo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21367

Ambas Partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la
capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente documento
y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que, las Partes suscribieron el 16 de febrero de 2023 un convenio que tiene por
objeto la puesta a disposición, por parte de ICEX, de un entorno laboral en el que
ALEPH-TEA pueda desarrollar programas adecuados de formación con apoyo, dirigidos
a personas con autismo y/o necesidades de apoyo similares con la finalidad de que las
mismas desempeñen determinadas funciones, relativas a ciertos puestos de trabajo, de
la manera más adecuada posible para su aprendizaje y desarrollo personal.
II. Que, el convenio prevé una vigencia de un (1) año desde la fecha en la que
adquirió eficacia, esto es, desde el 16 de febrero de 2023, hasta el 15 de febrero
de 2024.
III. Que, se encuentra contemplada en la cláusula duodécima del convenio, la
posibilidad de que éste sea prorrogado hasta un máximo de dos (2) prórrogas, de forma
expresa y por escrito, con antelación al vencimiento del plazo, por la voluntad conjunta
de ambas Partes.
IV. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, las partes suscribieron una
primera prórroga el 12 de febrero de 2024, y, en tanto que el éxito de esta colaboración
se sostiene en el tiempo, es voluntad de las Partes proceder a prorrogar por segunda y
última vez el convenio, por otro año adicional.
Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga
al convenio (en lo sucesivo, la prórroga) con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga.

Las Partes acuerdan prorrogar por un (1) año la duración del convenio suscrito el 16
de febrero de 2023, que extenderá sus efectos desde el 16 de febrero de 2025 hasta
el 15 de febrero de 2026.
Segunda.

Perfección de la prórroga.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.
Tercera.

Subsistencia del resto del convenio.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las
intervinientes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en las fechas indicadas en las
firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del presente documento la
fecha de firma de la última firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.,
la Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.–Por la Asociación ALEPH-TEA, el
Gerente, Luis Miguel Toribio Prado.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-2963
Verificable en https://www.boe.es

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.