Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-2923)
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20945
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2923
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Abogacía General del Estado, por
la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para el
desarrollo de prácticas externas no retribuidas.
Con fecha 23 de enero de 2025, se ha suscrito Convenio entre la Abogacía General
del Estado y la Universidad Pablo de Olavide para el desarrollo de prácticas externas no
retribuidas de sus estudiantes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de enero de 2025.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEJO
Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Pablo de Olavide
para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez en su condición de Abogado General
del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio,
quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el ministro de Justicia, en
el artículo 7 d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de
competencias.
Y, de otra parte, don Francisco Oliva Blázquez, Rector Magnífico de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, en nombre y representación de la citada institución, con
domicilio social en Sevilla, Autovía A376, Km. 1; que según Resolución Rectoral de
fecha 20 de junio de 2024, delega la firma en la Vicepresidencia Ejecutiva de
Fundaciones de la Universidad Pablo de Olavide, doña Laura López de la Cruz.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la Abogacía General del Estado adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo
de los servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las
competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
cve: BOE-A-2025-2923
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20945
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2923
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Abogacía General del Estado, por
la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para el
desarrollo de prácticas externas no retribuidas.
Con fecha 23 de enero de 2025, se ha suscrito Convenio entre la Abogacía General
del Estado y la Universidad Pablo de Olavide para el desarrollo de prácticas externas no
retribuidas de sus estudiantes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de enero de 2025.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEJO
Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Pablo de Olavide
para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez en su condición de Abogado General
del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio,
quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el ministro de Justicia, en
el artículo 7 d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de
competencias.
Y, de otra parte, don Francisco Oliva Blázquez, Rector Magnífico de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, en nombre y representación de la citada institución, con
domicilio social en Sevilla, Autovía A376, Km. 1; que según Resolución Rectoral de
fecha 20 de junio de 2024, delega la firma en la Vicepresidencia Ejecutiva de
Fundaciones de la Universidad Pablo de Olavide, doña Laura López de la Cruz.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la Abogacía General del Estado adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo
de los servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las
competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
cve: BOE-A-2025-2923
Verificable en https://www.boe.es
Primero.