Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-2882)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en la Carrera Diplomática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 20866
– Hasta las 18:00 horas del martes 11 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de primera clase.
– Hasta las 18:00 horas del viernes 14 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de segunda clase.
– Hasta las 18:00 horas del martes 18 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de tercera clase.
Cuarta.
Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de la presente resolución a la
Subdirección General de Personal, perteneciente a la Dirección General del Servicio
Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Quinta.
Conforme al artículo 11 del Real Decreto 674/1993, en su solicitud, los participantes
indicarán, por orden de preferencia, cinco puestos de trabajo entre los incluidos en la
convocatoria a los que deseen ser destinados. Dentro de las cinco preferencias podrán
también expresar su deseo de permanecer o ser destinados a los servicios centrales del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Los participantes que indiquen menos de cinco puestos de trabajo en su
solicitud (entendiéndose por tales puestos de trabajo en el exterior) y cuyas preferencias
no sean atendidas, podrán ser destinados a cualquier otro puesto, sin que esos destinos
tengan la consideración de forzosos.
Sexta.
Los puestos convocados quedarán circunscritos a las categorías de la Carrera
Diplomática que se establezcan en la convocatoria. Únicamente podrán adjudicarse
puestos a miembros de categorías inferiores a aquellas a las previamente establecidas
cuando ninguno de los integrantes de estas que participe en la convocatoria haya
solicitado dichos puestos, o cuando aun solicitándolos, se le adjudique cualquier otro de
los puestos que figuren en su solicitud.
Séptima.
Con fecha límite del 20 de abril, se publicarán los nuevos destinos del personal
funcionario de la Carrera Diplomática, que tendrán efecto desde el 30 de junio de 2025,
fecha a partir de la cual se iniciará el cómputo del plazo de cese reglamentario.
La incorporación a los puestos asignados se producirá durante el mes de agosto
de 2025.
Octava.
Novena.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
cve: BOE-A-2025-2882
Verificable en https://www.boe.es
A la provisión de puestos de trabajo en el exterior para el personal funcionario de la
Carrera Diplomática le serán aplicables las demás normas y condiciones generales para
la provisión de puestos de trabajo en el extranjero contenidas en el capítulo II del Real
Decreto 674/1993.
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 20866
– Hasta las 18:00 horas del martes 11 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de primera clase.
– Hasta las 18:00 horas del viernes 14 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de segunda clase.
– Hasta las 18:00 horas del martes 18 de marzo si pertenece a la categoría de
Secretario/a de Embajada de tercera clase.
Cuarta.
Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de la presente resolución a la
Subdirección General de Personal, perteneciente a la Dirección General del Servicio
Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Quinta.
Conforme al artículo 11 del Real Decreto 674/1993, en su solicitud, los participantes
indicarán, por orden de preferencia, cinco puestos de trabajo entre los incluidos en la
convocatoria a los que deseen ser destinados. Dentro de las cinco preferencias podrán
también expresar su deseo de permanecer o ser destinados a los servicios centrales del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Los participantes que indiquen menos de cinco puestos de trabajo en su
solicitud (entendiéndose por tales puestos de trabajo en el exterior) y cuyas preferencias
no sean atendidas, podrán ser destinados a cualquier otro puesto, sin que esos destinos
tengan la consideración de forzosos.
Sexta.
Los puestos convocados quedarán circunscritos a las categorías de la Carrera
Diplomática que se establezcan en la convocatoria. Únicamente podrán adjudicarse
puestos a miembros de categorías inferiores a aquellas a las previamente establecidas
cuando ninguno de los integrantes de estas que participe en la convocatoria haya
solicitado dichos puestos, o cuando aun solicitándolos, se le adjudique cualquier otro de
los puestos que figuren en su solicitud.
Séptima.
Con fecha límite del 20 de abril, se publicarán los nuevos destinos del personal
funcionario de la Carrera Diplomática, que tendrán efecto desde el 30 de junio de 2025,
fecha a partir de la cual se iniciará el cómputo del plazo de cese reglamentario.
La incorporación a los puestos asignados se producirá durante el mes de agosto
de 2025.
Octava.
Novena.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
cve: BOE-A-2025-2882
Verificable en https://www.boe.es
A la provisión de puestos de trabajo en el exterior para el personal funcionario de la
Carrera Diplomática le serán aplicables las demás normas y condiciones generales para
la provisión de puestos de trabajo en el extranjero contenidas en el capítulo II del Real
Decreto 674/1993.