Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2945)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Instituto para la Transición Justa, O.A., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21208

Cuarto.
Que, de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, por el
que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Transición Justa, O.A., el Instituto para la
Transición Justa, O.A., es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dotado de
personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión
para el cumplimiento de sus fines. Por tanto, está habilitado para la gestión de los
medios materiales asignados.
Quinto.
Que el Instituto para la Transición Justa, O.A., considera de gran utilidad disponer de
los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo
Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para
dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del
organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación al Instituto para la Transición Justa, O.A.,
de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de este convenio:

a) Equipos Portátiles ultraligeros: 10, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.
b) Equipos separables: 5, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo II.
2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.

cve: BOE-A-2025-2945
Verificable en https://www.boe.es

1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a el Instituto para la Transición Justa,
O.A., de 15 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo al Fondo
de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de uso. Dicha
asignación se realiza con la siguiente distribución: