Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2936)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, A.A.I., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Sábado 15 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 21051

Décimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Es objeto del presente convenio:
1. La puesta a disposición por parte de la Secretaría General de Administración
Digital (en adelante, SGAD) de la aplicación informática GEISER desarrollada por la
SGAD, para la gestión de sus registros oficiales de entrada y salida y el intercambio,
tanto a nivel interno como con otros organismos, de la documentación en formato
electrónico que acompaña a dichos registros, en los términos que se especifican en el
presente convenio.
2. Asimismo, la SGAD también pone a disposición de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia el servicio en la nube para prestar el servicio, cubriendo
tanto la gestión de sus oficinas de registro de entrada/salida como la recepción y envío
de registros en las unidades tramitadoras destinatarias de la documentación, en los
términos y condiciones que se establecen el presente convenio.
Segunda.

Especificaciones de la aplicación.

1. La conexión de los usuarios de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia a la aplicación GEISER se hará a través de la Red SARA, gestionada por
la SGAD, que adoptará las medidas de seguridad que garanticen la protección de la
información, en particular, la confidencialidad del tránsito de la información
intercambiada.
2. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia y el grupo de usuarios de la SGAD como
superadministradores de GEISER.
3. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso de las
aplicaciones citadas anteriormente. En todo caso, la SGAD no responderá de ningún
daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal empleo de los componentes o
de incidencias en el acceso y uso del servicio por causas ajenas a la SGAD.
4. La integración de aplicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia sólo se contemplará a través de los medios establecidos por la SGAD tales
como, por ejemplo, servicios web. No será posible, en ningún caso, el acceso directo a la
base de datos o servidores de aplicación fuera de los cauces establecidos.
Obligaciones de las partes.

La SGAD se compromete a:
1. Garantizar la continua incorporación de mejoras y nuevas funcionalidades en la
aplicación GEISER, su evolución tecnológica, su adaptación a las frecuentes
modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias que pudieran producirse en el servicio GEISER en producción, así como el
análisis y desarrollo de otras funcionalidades de ayuda a la gestión económica de los
recursos humanos que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el

cve: BOE-A-2025-2936
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.