Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2944)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 21201
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2944
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación.
El Abogado General del Estado y el Representante Persona Física del Liquidador
Único, la Sociedad Cofivacasa, SA, S.M.E, han suscrito, con fecha de 27 de enero
de 2025, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-2944
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la
delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre
delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados
créditos para gastos.
De otra parte, don Mariano Maximiliano Herranz Vega, actuando en nombre y
representación de Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación, con domicilio social en avenida
del General Perón, 38, 9.ª Planta (Edificio Masters I), 28020 de Madrid, en su condición
de Representante Persona Física del Liquidador Único, la Sociedad Cofivacasa, SA,
S.M.E, cargo para el que fue nombrado el 28 de julio de 2022 según consta en la
certificación legitimada ante el Notario de Madrid don Jorge Sáez-Santurtun, e inscrita en
el Registro Mercantil de Madrid el día 18 de agosto de 2022, al Tomo 30414, Folio 47,
Hoja M49756, Inscripción 155.
Núm. 40
Sábado 15 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 21201
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2944
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación.
El Abogado General del Estado y el Representante Persona Física del Liquidador
Único, la Sociedad Cofivacasa, SA, S.M.E, han suscrito, con fecha de 27 de enero
de 2025, un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 10 de febrero de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-2944
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la
delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre
delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados
créditos para gastos.
De otra parte, don Mariano Maximiliano Herranz Vega, actuando en nombre y
representación de Rumasa, S.M.E., SA, en Liquidación, con domicilio social en avenida
del General Perón, 38, 9.ª Planta (Edificio Masters I), 28020 de Madrid, en su condición
de Representante Persona Física del Liquidador Único, la Sociedad Cofivacasa, SA,
S.M.E, cargo para el que fue nombrado el 28 de julio de 2022 según consta en la
certificación legitimada ante el Notario de Madrid don Jorge Sáez-Santurtun, e inscrita en
el Registro Mercantil de Madrid el día 18 de agosto de 2022, al Tomo 30414, Folio 47,
Hoja M49756, Inscripción 155.