Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2854)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Iniesta, para la realización de actuaciones de protección frente al riesgo de inundación en el término municipal de Iniesta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Viernes 14 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 20545

Los representantes del Ayuntamiento de Iniesta serán designados al efecto por la
alcaldía, uno de los cuales será el interlocutor del Ayuntamiento indicado en la cláusula
anterior.
Los representantes de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., serán
nombrados por su Presidente.
Serán funciones de la citada Comisión:
– El seguimiento, análisis de incidencias, revisión, y actualización de las acciones
realizadas.
– Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente convenio y, en
consecuencia, proponer las variaciones o cambios aconsejables para su mejor
cumplimiento.
El Ayuntamiento de Iniesta, podrá proponer a la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., las actuaciones que considere necesarias o convenientes para el
cumplimiento de sus fines. No obstante, la decisión sobre la realización de los trabajos
corresponderá, en última instancia, a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.,
previo acuerdo de las partes.
Esta Comisión se reunirá cuando una de las partes lo solicite.
Quinta.

Financiación.

El convenio no supone compromisos económicos extraordinarios para ambas partes,
pero dadas las obligaciones de mantenimiento y conservación establecidas en el
convenio a cargo del Ayuntamiento de Iniesta, sí se pueden generar gastos que la
entidad local asume con cargo a su presupuesto ordinario. Las actuaciones del
Ayuntamiento se consideran un compromiso económico indirecto y cuantificable. Se
recoge en la cláusula tercera que el Ayuntamiento de Iniesta se compromete a aportar
medios humanos y materiales para realizar los compromisos descritos en el convenio. En
el anexo. Actuaciones relativas a las Obras de emergencia para combatir los efectos
ocasionados por la DANA del 19 de septiembre de 2023 en el municipio de Iniesta
(Cuenca) se recoge una estimación de los costes asociados a la limpieza, mantenimiento
y conservación de las actuaciones. La aplicación presupuestaria con la que hará frente a
los gastos el Ayuntamiento de Iniesta es la siguiente «135.21301 Mantenimiento sistema
de alertas plan de inundación».
Sexta. Difusión.
Durante la vigencia del presente convenio, las partes acuerdan hacer difusión pública
de la existencia del mismo por cualquier medio de comunicación, haciéndose mutuo
reconocimiento público.

En cuanto al régimen de modificación del convenio, se requerirá el acuerdo unánime
de las partes firmantes del mismo. La modificación del convenio requiere de adenda
modificativa tramitada conforme a los requisitos establecidos legalmente, siendo
necesaria la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Este convenio tendrá una duración de cuatro años y podrá prorrogarse por otros
cuatro años, cuando ambas partes, antes de la finalización del periodo de vigencia,
expresen su voluntad de hacerlo mediante la suscripción de una adenda de prórroga
conforme a los requisitos legalmente establecidos, siendo necesario obtener la
autorización preceptiva del Ministerio de Hacienda, en virtud del artículo 50.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez

cve: BOE-A-2025-2854
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.