Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-2773)
Resolución CLT/242/2025, de 28 de enero, por la que se declara la caducidad del expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de seis conjuntos de elementos inmuebles del patrimonio marítimo, pesquero y salador de L'Escala (Alt Empordà).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20127
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
2773
Resolución CLT/242/2025, de 28 de enero, por la que se declara la caducidad
del expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la
categoría de zonas de interés etnológico, a favor de seis conjuntos de
elementos inmuebles del patrimonio marítimo, pesquero y salador de
L'Escala (Alt Empordà).
Considerando que por la Resolución CLT/3144/2022, de 14 de octubre (DOGC
núm. 8775, de 19 de octubre de 2022), modificada por la Resolución CLT/248/2023,
de 30 de enero (DOGC núm. 8846, de 2 de febrero de 2023), se incoó expediente de
declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés
etnológico, a favor de seis conjuntos de elementos inmuebles del patrimonio marítimo,
pesquero y salador de L'Escala (Alt Empordà).
Visto el informe, de 15 de enero de 2025, de la Subdirección General de Protección y
Promoción de la Cultura Popular y Tradicional de la Dirección General de Cultura
Popular y Asociacionismo Cultural.
Visto el artículo 10.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural
catalán, que prevé que el acuerdo de declaración de bienes culturales de interés
nacional se tiene que adoptar en el plazo de dieciocho meses a contar de la fecha en
que se haya incoado el expediente.
Visto el artículo 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que en los
procedimientos iniciados de oficio en que la Administración ejerce potestades de
intervención, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y
notificado la resolución expresa produce la caducidad del procedimiento.
Visto el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, que obliga a la Administración a
dictar resolución expresa en todos los procedimientos, incluido el supuesto de caducidad
del procedimiento, resuelvo:
Barcelona, 28 de enero de 2025.–La Consejera de Cultura, Sònia Hernández
Almodóvar.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-2773
Verificable en https://www.boe.es
1. Declarar la caducidad del expediente de declaración de bienes culturales de
interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de seis conjuntos
de elementos inmuebles del patrimonio marítimo, pesquero y salador de L'Escala (Alt
Empordà) y, en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución 3144/2022, de 14 de
octubre, por la que se incoó dicho expediente.
2. Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al
Ayuntamiento de L'Escala y hacerle saber que se levanta la suspensión de las licencias
municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona afectada y de los efectos
de las licencias ya otorgadas.
3. Comunicar esta resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional y
dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la
Administración del Estado.
Núm. 38
Jueves 13 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 20127
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
2773
Resolución CLT/242/2025, de 28 de enero, por la que se declara la caducidad
del expediente de declaración de bienes culturales de interés nacional, en la
categoría de zonas de interés etnológico, a favor de seis conjuntos de
elementos inmuebles del patrimonio marítimo, pesquero y salador de
L'Escala (Alt Empordà).
Considerando que por la Resolución CLT/3144/2022, de 14 de octubre (DOGC
núm. 8775, de 19 de octubre de 2022), modificada por la Resolución CLT/248/2023,
de 30 de enero (DOGC núm. 8846, de 2 de febrero de 2023), se incoó expediente de
declaración de bienes culturales de interés nacional, en la categoría de zonas de interés
etnológico, a favor de seis conjuntos de elementos inmuebles del patrimonio marítimo,
pesquero y salador de L'Escala (Alt Empordà).
Visto el informe, de 15 de enero de 2025, de la Subdirección General de Protección y
Promoción de la Cultura Popular y Tradicional de la Dirección General de Cultura
Popular y Asociacionismo Cultural.
Visto el artículo 10.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural
catalán, que prevé que el acuerdo de declaración de bienes culturales de interés
nacional se tiene que adoptar en el plazo de dieciocho meses a contar de la fecha en
que se haya incoado el expediente.
Visto el artículo 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que en los
procedimientos iniciados de oficio en que la Administración ejerce potestades de
intervención, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y
notificado la resolución expresa produce la caducidad del procedimiento.
Visto el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, que obliga a la Administración a
dictar resolución expresa en todos los procedimientos, incluido el supuesto de caducidad
del procedimiento, resuelvo:
Barcelona, 28 de enero de 2025.–La Consejera de Cultura, Sònia Hernández
Almodóvar.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-2773
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1. Declarar la caducidad del expediente de declaración de bienes culturales de
interés nacional, en la categoría de zonas de interés etnológico, a favor de seis conjuntos
de elementos inmuebles del patrimonio marítimo, pesquero y salador de L'Escala (Alt
Empordà) y, en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución 3144/2022, de 14 de
octubre, por la que se incoó dicho expediente.
2. Notificar esta resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al
Ayuntamiento de L'Escala y hacerle saber que se levanta la suspensión de las licencias
municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona afectada y de los efectos
de las licencias ya otorgadas.
3. Comunicar esta resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional y
dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la
Administración del Estado.